AUSA tendrá que indemnizar a un usuario

AUSA tendrá que indemnizar a un usuario

La empresa Autopistas Urbanas SA deberá abonarle 433 pesos a un usuario por la reparación del parabrisas de su auto, que había sido dañado por la barrera del peaje. Así lo ordenó el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo interinamente de José Luis Di Lorenzo


El Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad, que interinamente preside José Luis Di Lorenzo, ordenó a Autopistas Urbanas SA, concesionaria del mantenimiento y administración de las Autopistas 25 de Mayo (AU1), Perito Moreno (AU6), Occidental (AU7) y 9 de Julio Tramo Sur (AV1), abonarle a un automovilista la suma de 433 pesos en concepto de daños provocados en el parabrisas de su vehículo Fiat Ducado.

El episodio que motivó la intervención del Ente de la Ciudad, organismo que -entre otros servicios públicos- tiene a su cargo el control de la conservación y mantenimiento vial por peaje en el ámbito de la Capital Federal, ocurrió a mediados de 2002 en la autopista 25 de Mayo. Tras abonar su ticket en la cabina de peaje con sentido centro, y una vez que se levantó la barrera, Eduardo Fabián Bozal puso en marcha su vehículo. Sin embargo, cuando se disponía a abandonar el sector, la barrera bajó abruptamente y rompió el vidrio de su parabrisas. Su reparación le significó un gasto de 433 pesos, que es el mismo monto que el Ente ordenó resarcir.

AUSA puede apelar ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad. Sin embargo, es de suponer que así como aceptó la jurisdicción del Ente de la Ciudad, asumirá el costo del parabrisas dañado.

"Fue decisión de la concesionaria colocar barreras de un material que, al bajar sobre los parabrisas de los vehículos, provocan la rotura en los mismos -explicó Di Lorenzo-. El pretender controlar que los vehículos que circulan por la vía concesionada abonen el peaje correspondiente no justifica que se dañen a los mismos si así no lo hicieren". El funcionario sostuvo, además, que el concesionario vial tiene una obligación tácita de proveerle al usuario todo aquello que le asegure que la autopista estará libre de peligros y obstáculos.

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