Desde enero de 2014 y por decisión del Ministerio de Salud de la Nación, todas las farmacias del país sólo podrán vender medicamentos, productos para higiene personal y artículos análogos.
Así lo dispuso mediante la resolución 1632, publicada el miércoles en el Boletín Oficial.
El ministerio encabezado por Juan Luis Manzur prohibió la venta, en ese tipo de comercios, de alimentos, productos de quiosco y otros bienes no relacionados con la actividad farmacéutica, al tiempo que amplió la lista de los bienes que se pueden vender exclusivamente en farmacias.
La medida afecta a las cadenas “polirrubro”, como Farmacity, donde además de medicamentos y artículos de higiene y estética se venden alimentos, libros, discos compactos y recarga para celulares, entre otros productos.
Respecto a de los productos que se pueden vender exclusivamente ese encuentran: jeringas, agujas descartables, frascos para recolección de muestras, parches oculares, productos de higiene oral de uso odontológico, productos para diagnóstico de usos “in vitro” (autoevaluación) y repelentes.
El artículo 4 de la resolución establece que “las farmacias sólo podrán realizar las actividades establecidas en el artículo 1° de la ley Nº 17.565, modificado por la ley Nº 26.567, el decreto Nº 7123/68, la resolución Nº 566/04 del ex Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y la presente resolución”.
Afectados por la nueva norma, representantes de la cadena expresaron que están analizando detalladamente la resolución, pero opinaron que ésta es “claramente una defensa de intereses comerciales que nada tiene que ver con el cuidado de la salud”, según publica La Nación.
En contraposición, desde la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA), que agrupa a colegios, círculos, federaciones y asociaciones de farmacéuticos de todo el país dijeron: “Celebramos que el Ministerio de Salud haya dictado esa resolución. Nosotros criticamos el modelo de farmacia shopping o polirrubro”.
La resolución se basa en la ley 26.567, de 2009, que estableció una serie de regulaciones para la actividad farmacéutica, entre ellas la prohibición de vender medicamentos fuera de las farmacias. Esa norma establece también que “los medicamentos denominados de venta libre deberán ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas para el expendio”.
Por este punto Farmacity solicitó medidas cautelares a la Justicia, sin embargo, a mediados de 2012, la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo confirmó un fallo de primera instancia que ordena a la cadena a retirar de las góndolas los medicamentos de “venta libre”.