El fallo por el cual el titular del juzgado Nº 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, Roberto Andrés Gallardo, declaró la “inconstitucionalidad del Decreto 504/2012 del Jefe de Gobierno de la Ciudad, que dispuso vetar en su totalidad la ley 4318 sancionada por la Legislatura de la CABA el 27 de septiembre de 2012, reglamentaria del derecho de las mujeres a acceder a la práctica de aborto no punible” podría generar más dolores de cabeza al juez porteño que satisfacciones.
Tras las numerosas expresiones públicas de legisladores de la oposición porteña celebrando la resolución del juez por haber respaldado lo decidido por la Legislatura en materia de aborto no punible, comenzaron a surgir críticas y cuestionamientos a la resolución judicial. A las declaraciones efectuadas por la vicejefa de Gobierno porteño, María Eugenia Vidal, señalando que lo resuelto por Gallardo era un “fallo político” y, a la apelación presentada por la Procuración porteña se comenzó a deslizar que el novedoso “veto a un veto” podría llegar a motivar un pedido de juicio político.
Esta posible acción contra el juez porteño fue expuesta por el consejero de la Magistratura de la Ciudad Jorge Enríquez al calificar de “insólito y gravísimo” el fallo de Gallardo. “No hay precedentes de un fallo de esta naturaleza, en el que el juez invade una esfera puramente política como es el procedimiento de formación y sanción de las leyes, arrogándose facultades de legislador. El puede, si tiene fundamentos, declarar la inconstitucionalidad de una ley, pero jamás de un veto, salvo que hubiera vicios formales en éste, como por ejemplo si se hubiera dictado fuera de plazo”, sostuvo el consejero.
“En su afán de imponer sus propias valoraciones desde el estrado judicial, Gallardo ha hecho tierra arrasada de los más elementales principios constitucionales. Gallardo, que suele confundir las funciones jurisdiccionales con las legislativas, esta vez superó todo lo imaginable. El artículo 122 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires incluye entre las causas de remoción de los jueces el ‘desconocimiento inexcusable del derecho’. Acaso sea necesario poner en marcha los mecanismos que permiten garantizarles a los ciudadanos que serán juzgados por jueces de la Constitución y no por quienes acomodan la Constitución y las leyes a sus preferencias personales, revestidas de citas vagas, del todo ajenas a las cuestiones que deben resolver. La división de los poderes, esencial al sistema republicano, también puede ser violada por los magistrados”, dijo Enríquez, dejando abierta la posibilidad de llevar a Gallardo ante un jury de enjuiciamiento.