El Gobierno formalizó las modificaciones introducidas en los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales a través de la Ley 27.638, que fue aprobada a comienzos de julio último en el Congreso. A partir de este miércoles comienzan a regir las nuevas exenciones impositivas a las inversiones en pesos para el periodo fiscal 2021.
La nueva legislación dispuso, en el caso de Ganancias, la exención a los intereses o la denominación que tuviere el rendimiento producto de la colocación de capital en los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva, que establezca el Poder Ejecutivo nacional.
Además, exime del tributo a los intereses de los depósitos indexados, como los cada vez más populares plazos fijos UVA.
Los mayores cambios caen sobre Bienes Personales. Se exime a las obligaciones negociables emitidas en moneda nacional; los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva; las cuotapartes de fondos comunes de inversión y los certificados de participación y valores representativos de deuda fiduciaria de fideicomisos financieros, que hubiesen sido colocados por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de Valores.
En resumen, los depósitos y activos que ven reducida su carga impositiva son los siguientes:
✔Impuesto a las Ganancias
– Intereses de plazos fijos UVA y otros depósitos con cláusulas de ajuste.
– Instrumentos destinados a fomentar la inversión productiva determinados por el Ejecutivo.
✔Impuesto a los Bienes Personales
– Obligaciones negociables en pesos.
– Instrumentos destinados a fomentar la inversión productiva determinados por el Ejecutivo.
– Fondos comunes de inversión que inviertan mayormente en I) títulos, bonos y demás títulos valores emitidos por la Nación, las provincias, las municipalidades y la Ciudad Autónoma de Buenos; (II) depósitos en moneda argentina y extranjera efectuados en el país, a plazo fijo o en caja de ahorro; (III).
– Fideicomisos financieros que inviertan mayormente en I) títulos, bonos y demás títulos valores emitidos por la Nación, las provincias, las municipalidades y la Ciudad Autónoma de Buenos; (II) depósitos en moneda argentina y extranjera efectuados en el país, a plazo fijo o en caja de ahorro; (III).