La sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo rechazó una solicitud del Gobierno para intervenir en la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (Uatre). El 4 de febrero, a través de la Secretaría de Trabajo, la administración de Javier Milei solicitó actuar contra el sindicato de los trabajadores rurales tras una serie de impugnaciones al proceso electoral y la aparición de irregularidades en la gestión de la obra social, así como un supuesto pedido de sobornos a empresarios del sector agrícola.
La Uatre ha sido liderada desde finales de 2022 por José Voytenco, un dirigente chaqueño asociado al Partido Justicialista (PJ). Asumió el liderazgo del sindicato ruralista tras las muertes de Gerónimo Venegas y Ramón Ayala. En la elección, ganó por un estrecho margen de un punto a Pablo Ansaloni, actual diputado nacional de La Libertad Avanza, quien ha sido uno de los principales impulsores de las impugnaciones contra Voytenco.
El razonamiento oficial para solicitar la intervención de la Uatre es que Voytenco dejó fuera del congreso que eligió a las nuevas autoridades a varias seccionales. Esta resolución fue adoptada por el secretario de Trabajo, Julio Cordero, tras una exposición realizada por Claudio Aquino, director de Asociaciones Sindicales, la cual supervisa la dinámica interna de los sindicatos.
“Se evidencia que dicho evento [el congreso en el que se eligieron autoridades] se llevó a cabo soslayando la suspensión dispuesta, incumpliendolas resoluciones estatales, afectando la gobernabilidad del sindicato y la validez de las decisiones adoptadas en el mencionadoCongreso. Que esta autoridad de aplicación no ignora la autonomía de las organizaciones sindicales para darse sus instituciones,establecer sus procesos electorales y tomar todas las decisiones propias de la vida sindical, la que debe ser respetada aultranza por los poderes públicos por tratarse de una manifestación esencial del principio de libertad sindical, pero ello debearmonizarse con la garantía que la Autoridad Laboral debe otorgar al respeto al principio de democracia sindical”, argumentaron Cordero y Aquino en la resolución 2025-50.
El requerimiento de Cordero fue asignado a la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, la cual decidió por unanimidad rechazar la solicitud del funcionario. Los magistrados que participaron en la decisión fueron Carlos Pose, Gabriela Alejandra Vázquez y Manuel Diez Selva.
“Entiendo que la petición estatal resulta improcedente: nos encontramos dentro de un campo disciplinario donde rige el principio de libertad sindical (art. 4º ley 23.551) y, en consecuencia, una solicitud como la intervención resulta solo viable sólo si se acreditase fehacientemente el peligro en la demora y la verosimilitud del derecho invocado”, argumentó Pose con su voto.
“La autonomía sindical como derivación del principio de libertad sindical constituye la facultad de autodeterminación de la asociación gremial en lo relativo a su constitución y funcionamiento. Esta potestad, encuentra basamento en la garantía de organización sindical libre que consagra el art. 14 bis, Constitución Nacional y en el Convenio 87 de la OIT que declara el derecho de los trabajadores a redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, elegir libremente sus representantes, organizar su administración y actividades así como formular su programa de acción, debiendo las autoridades públicas abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal”, señaló Vázquez.
Y agregó: “En otro orden de ideas, y sin que implique en modo alguno avalar ni adelantar juicio acerca de la legitimidad de las decisiones adoptadas por las autoridades de la Uatre, la lectura de las presentaciones de la causa, tanto la de la cartera laboral como la de la Uatre, y aún la de los terceros que solicitan ser tenidos por parte revelan que existe una clara disputa entre afiliados y dirigentes, y entre éstos y las autoridades y, como regla, la intervención judicial no puede constituirse en el remedio para dirimir este tipo de controversias”.
Diez Selva, por su parte, expresó de manera breve y sin demasiada justificación que coincidía con los argumentos de sus dos compañeros.
Simultáneamente a este caso, Voytenco enfrenta una denuncia en los tribunales por supuesta asociación ilícita y lavado de activos.
Además, Osprera, la entidad de salud del sindicato, se encuentra bajo la supervisión de la Superintendencia de Servicios de la Salud, que informó tras una auditoría que la prestadora tiene una deuda de $97.899 millones al 31 de octubre de 2024 y alertó sobre “posibles irregularidades en la gestión anterior”.