Nuevo certificado único para poder circular: los requisitos

Nuevo certificado único para poder circular: los requisitos

El “Certificado Único Habilitante para Circulación" (CUHC), entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.


Con la inminencia del alargamiento de la cuarentena obligatoria el Gobierno nacional, como lo adelantó Noticias Urbanas, profundizará el control y el estricto cumplimiento del aislamiento a través de las fuerzas de seguridad y nuevas normas. Una de ellas, es el nuevo permiso para poder circular. Será el único permiso válido para transitar por la calle y reemplaza al emitido por la ciudad de Buenos Aires.

A través del Ministerio del Interior se dio a conocer este domingo el “Certificado Único Habilitante para Circulación” (CUHC), el cual entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Podrán validar su situación los ciudadanos alcanzados en las excepciones previstas por el artículo 6° del Decreto Presidencial 297/20, y sus normas modificatorias y complementarias, así como en aquellas excepciones al “aislamiento social, preventivo y obligatorio” que en el futuro se establezcan.

Dicho certificado se valida a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD), ingresando a https://tramitesadistancia.gob.ar/, y será exhibido a requerimiento de la autoridad competente al momento de circular por la vía pública, junto con el Documento Nacional de Identidad.

Entre quienes pueden solicitar la excepción figuran los trabajadores de la salud, migraciones, Fuerzas Armadas, bomberos, servicio meteorológico; aquellos que participen en la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento o distribución de alimentos y/o de productos farmacéuticos; y quienes cumplan sus labores en empresas de servicios básicos (energía eléctrica, gas, recolección de residuos y otros).

Otras actividades esenciales que están incluidas son las autoridades superiores de los gobiernos (nacional, provincial, municipal), personas que trabajan en entidades financieras; en producción, almacenamiento, transporte, distribución o venta de combustible; servicios de vigilancia, lavandería, recolección de residuos y de prensa y comunicación; asistencia de personas mayores y personal de servicio funerarios, entre otros (las 24 excepciones del decreto de cuarentena obligatoria).

Por otro lado, quedarán exceptuados de la obligación de tramitar el CUHC aquellas personas que deban desplazarse por razones de fuerza mayor, por lo que en este caso deberán acreditar la excepción al “aislamiento social, preventivo y obligatorio” con documentación fehaciente que compruebe los motivos de su circulación por la vía pública.

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