La AFIP negó que se necesite mínimo de encargados por edificio

La AFIP negó que se necesite mínimo de encargados por edificio

A propósito de la medida que rige para que haya obligatoriamente un encargado en edificios con más de cinco pisos, el organismo aclaró que "no hay establecido un mínimo".


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aclaró hoy que el Indicador Mínimo de Trabajadores (IMT) establecido para los consorcios de propietarios no obliga a tener un número mínimo de porteros.

El Indicador Mínimo de Trabajadores (IMT) es sólo una herramienta de fiscalización que se utiliza como parámetro para monitorear los puestos de trabajo de cada sector y que se aplica sólo en caso de que se detecten relaciones laborales ocultas“, señaló el organismo en un comunicado.

En sintonía, precisa que “las difusiones de algunos medios de prensa pretendiendo instalar que AFIP obliga a los consorcios a contratar empleados implican un desconocimiento técnico y profesional de esta herramienta de fiscalización legal”.

La AFIP lleva implementados 66 “Indicadores Mínimos de Trabajadores” para determinados sectores como agricultura, ganadería, industria manufacturera, textil, aceitera, frigorífica, construcción, supermercados, estaciones de servicio, servicios de gastronomía, hotelería, turismo, y call centers, entre otros.

En el caso particular del IMT de Consorcio de Propietarios, la herramienta de fiscalización fue analizada y ampliamente debatida entre la AFIP, el Ministerio de Trabajo, la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Propiedad Horizontal, la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y la Unión de Administradores de Inmuebles, habiéndose suscripto un acta de manera “unánime”, se informó.

QUÉ DICE LA NORMA:

Una resolución de la AFIP obliga a los edificios de más de cinco unidades a tener un encargado , lo que podría impactar directamente en el valor de las expensas de más del 20 por ciento de los consorcios de la Ciudad de Buenos Aires que hoy no tienen portero.

La resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos fue publicada en el Boletín Oficial y reglamenta la cantidad de trabajadores que debe tener un consorcio de acuerdo a la cantidad de unidades de cada edificio.

A partir de las cinco unidades, los edificios tendrán que tener un encargado dentro del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (Suterh).

 

 

 

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