Durante los 30 años de autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, se lograron importantes avances: se estableció su propio gobierno y administración; se creó el Poder Judicial de la ciudad; se transfirió la gestión de los subterráneos y de las líneas de colectivos que transitan el distrito; se formó la Policía de la Ciudad, y se aprobó en la Legislatura un fuero laboral específico para la capital.
No obstante, aún queda pendiente el traspaso de la Justicia ordinaria local, la jurisdicción sobre delitos penales no federales, el control del Puerto de Buenos Aires, la Estación de Ómnibus Retiro, el Registro de la Propiedad Inmueble y la Policía Sanitaria local.
Las transferencias que aún están en espera dependen de las negociaciones entre el jefe de gobierno porteño, Jorge Macri, y la administración nacional, liderada por Javier Milei. En este momento, la relación entre ambos es tensa, lo que podría culminar en un enfrentamiento electoral en el distrito, ya que se enfrentan dificultades para lograr una alianza entre Pro y La Libertad Avanza.
La autonomía de la Ciudad de Buenos Aires fue reconocida en la reforma constitucional de 1994. El artículo 129 le concede a la Ciudad las facultades de legislar y administrar justicia, así como la elección de representantes para redactar su propia constitución y la elección directa del Jefe de Gobierno y los Legisladores. No obstante, un año después se promulgó la Ley Cafiero, que garantizó ciertos intereses al Estado Nacional y estipuló que las “transferencias de organismos, funciones, competencias, servicios y bienes” debían concretarse mediante acuerdos entre el Estado Nacional y el gobierno de la Ciudad.
Buscando impulsar el empoderamiento de la Ciudad, la Coalición Cívica presentó este mes en el Congreso un proyecto de ley denominado: “Consolidación de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires”. La propuesta contempla el traspaso desde la Nación hacia la Ciudad de la Inspección General de Justicia (IGJ), el Puerto de Buenos Aires, la Terminal de Ómnibus Retiro y el Registro de la Propiedad Inmueble. Maximiliano Ferraro y Paula Oliveto Lago firmaron este proyecto.
El fallo Levinas
Ante este fallo, Levinas interpuso un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es decir, buscó recurrir a la Justicia local.
La Cámara Civil indicó que el recurso de inconstitucionalidad mencionado no está contemplado en su Código Procesal, que es de carácter nacional. El asunto llegó a la Corte Suprema de Justicia, que ahora ha autorizado la intervención del Tribunal Superior de Justicia para tomar una decisión.
El tribunal supremo destacó la necesidad de eliminar “la desigualdad o asimetría de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de las provincias” y, frente al “inmovilismo e incumplimiento de los mandatos constitucionales” en el traspaso de justicia, determinó que “el Tribunal Superior de Justicia es el órgano encargado de conocer los recursos extraordinarios presentados ante la justicia nacional ordinaria de la Ciudad” y que debe “concentrar las facultades jurisdiccionales en torno al derecho local y común, erigiéndose como tribunal superior de las causas”, similar a los tribunales superiores provinciales.
Además, la Corte decidió que esta nueva jurisprudencia se aplicará a los casos “pendientes de decisión”. Esto significa que si ya se presentó el recurso extraordinario, intervendrá la Corte Suprema; los que se presenten a partir de febrero serán abordados primero por el Tribunal Superior de Justicia.
Rosenkrantz expresó su desacuerdo con el voto mayoritario, argumentando que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires no tenía competencia para revisar la decisión de la Sala A de la Cámara Civil.