La Sala I en lo Contencioso Administrativo y Tributario, por voto de mayoría de los jueces Carlos Balbín y Fabiana Schafrik (y disidencia de la jueza Mariana Díaz) resolvió este martes, declarar abstracto parcialmente el recurso de apelación interpuesto por el Poder Ejecutivo porteño y por la Fiscalía actuante respecto de la sentencia de la jueza Patricia López Vergara con relación a la movilización que tuvo lugar el pasado lunes 18 de diciembre.
Solamente declaró la incompetencia del fuero contencioso con relación a las mandas judiciales relativas a la lista de los detenidos como a la remisión del juzgado de las filmaciones efectuadas, debiendo conocer en ello la Justicia Penal.
El voto mayoritario, si bien revocó los puntos restantes, remarcó que “compete a las fuerzas de seguridad mantener el orden y la seguridad pública dentro del estricto marco que establece la ley -conforme los criterios de oportunidad, gradualidad y proporcionalidad-, sin perjuicio del control judicial por el juez competente”.
Frente a esto, el ministro de Justicia y Seguridad porteño, Martín Ocampo, criticó la medida de la magistrada y dijo: “Nosotros apelamos la medida que dictaminó la jueza sobre cuándo hay que tirar gas o no o cuando hay que tirar balas de goma o no. Esas son determinaciones que debe tomar la fuerza que está actuando”.