El bloque de senadores del Frente de Todos, presidido por José Mayans, acordó el lunes hacer ciertas modificaciones al proyecto de ley Emergencia Covid-19, enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso con el fin de definir criterios básicos epidemiológicos para establecer las medidas sanitarias que mitiguen la pandemia de coronavirus.
Las modificaciones fueron enviadas a la Secretaría Legal y Técnica del Gobierno nacional para terminar de cerrar los principales planteos ante la iniciativa. Se prevé que la iniciativa sea debatida en sesión especial del próximo jueves 20 de mayo en el Senado.
Los temas que cambiarán respecto del documento que envió el Poder Ejecutivo en primer lugar, son dos: la suspensión de clases y la incorporación de un plazo legal para la finalización de las restricciones.
Esos cambios fueron adelantados por el constitucionalista Andrés Gil Domínguez durante el plenario de comisiones que se realizó la semana pasada y que finalizó con la firma del dictamen.
El letrado había sugerido modificar el artículo 21 del proyecto, que hace mención a la suspensión de la actividad escolar en forma presencial cuando un distrito se encuentre en “situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria”.
Originalmente, el documento establecía que, en esos casos, se suspenden las clases presenciales y que posteriormente, el Ejecutivo podría discutir con los gobernadores afectados por la situación una “morigeración” de la medida.
La sugerencia tiene que ver con invertir la situación y que cualquier medida restrictiva debe ser consensuada anteriormente con los responsables distritales.
De esta forma, el oficialismo pretende esquivar el alcance del fallo de la Corte Suprema de Justicia que anuló la decisión del Gobierno nacional de ordenar la suspensión de clases presenciales en la Ciudad de Buenos Aires a través de un DNU.
Por otro lado, otro de los cambios tiene que ver con el artículo 33, el anteúltimo del proyecto, que establece que la ley entrará en vigencia el sábado 22 de mayo y regirá “mientras se encuentre vigente la emergencia pública en materia sanitaria, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) con relación a la Covid-19”.
Sobre este punto, modificaron la redacción e incorporaron un “plazo cierto” hasta el 31 de diciembre de este año, dado que “desde el punto de vista constitucional ese podía ser un problema”.