La justicia porteña dispuso que 66 perros caniches y dos labradores hallados en un domicilio en estado de desnutrición y descuido, sean donados a una asociación civil para su cuidado y entrega en adopción gratuita. En la sentencia de Cámara se confirmó que los canes incautados no deben ser tratados como objetos a restituir a su dueña, sino como seres sintientes que merecen un cuidado adecuado, que su propietaria no está en condiciones de brindar debido a su estado mental.
La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires resolvió, por unanimidad, confirmar una sentencia de primera instancia en la que se dispuso, precisamente, la donación de los 68 canes secuestrados en el marco de una causa por infracción a la Ley 14346 de protección de los animales, a una asociación civil que trabaja para prevenir la crueldad al animal. Según lo dispuesto en la sentencia firmada el 25 de noviembre, los perros quedarán al cuidado del Centro de Prevención de Crueldad al Animal (donde fueron alojados a partir del allanamiento efectuado en marzo de 2014) y “sólo podrán ser entregados en adopción de manera gratuita”.
En primera instancia, la jueza María Cristina Nazar corroboró la situación de maltrato de los perros consistente en un mal estado general, falta de higiene del espacio en el que se encontraban; desnutrición, deshidratación, enfermedades varias, e incluso un animal muerto en estado de descomposición. Pero, debido al estado mental de la propietaria, no se dictó condena ya que de acuerdo a las pericias psiquiátricas la mujer en cuestión “no conserva su autonomía psíquica para comprender el alcance de sus actos y dirigir sus acciones”. Debido a que la imputada, por su estado mental, no puede estar a la guarda de seres vivos que merecen cuidado, protección y adecuada alimentación, la jueza de primera instancia dispuso la donación de los canes, siendo esta decisión apelada por la defensa.
Ahora bien, con el voto de los jueces Marcelo Vázquez, Silvina Manes y Marcela De Langhe se rechazó la apelación planteada por la defensa de la dueña de los perros, que reclamaba la devolución de los animales argumentando que no estaban sujetos a decomiso, restitución o embargo, y “no recayó sobre la imputada condena alguna” siendo los animales “indiscutiblemente su propiedad”.