El 2 de noviembre de 2017, la Legislatura porteña aprobó la ley por el cual se autorizó al Poder Ejecutivo a través de Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE), a otorgar bajo el régimen jurídico deconcesión de servicio público la operación y mantenimiento del Sistema de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (SUBTE) por un plazo de 15 años.
En su oportunidad, desde el Observatorio del Derecho a la Ciudad se evaluó un informe “evaluando la pésima gestión del actual concesionario (Metrovías) y las razones para no volver a privatizar la operación y mantenimiento del subte”
Según el Observatorio a eso se sumó “la grave ilegalidad e inconstitucionalidad por parte de la Legislatura porteña de aprobar la concesión de la operación y mantenimiento del subte sin respetar el procedimiento de discusión y las mayorías necesarias exigidas por la Constitución de la Ciudad”.
El proyecto de ley fue votado por 32 legisladores (Bloque del Pro, Confianza Pública, Coalición Cívica) no alcanzando los 40 votos necesarios (dos tercios de los miembros de la Legislatura) y sin las audiencias públicas obligatorias establecidas por la Constitución de la Ciudad.
Por este motivo, desde el Observatorio del Derecho a la Ciudad se presentó una acción de amparo colectivo para que la Justicia declare la nulidad e inconstitucionalidad de la Ley N° 5.885 por no respetar los arts. 63, 82 inciso 5, 89 inciso 5, y 90 de la Constitución de la Ciudad.
La causa caratulada “Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad c/ GCBA s/ Amparo – Licitaciones” Expte. N° A906-2018/0, quedó radicada en el Juzgado de 1° Instancia en lo Contencioso-Administrativo y Tributario de la Ciudad N° 3 a cargo del Juez Pablo Mántaras, quién tendrá la responsabilidad de proteger la institucionalidad democrática y la Constitución de la Ciudad.
En consecuencia y según el Observatorio, resulta arbitrario que la Legislatura decida cumplir con la Constitución de la Ciudad en unos casos y en otros no dependiendo los tiempos políticos y si se cuenta con los votos necesarios. Todo esto en detrimento de los derechos de la ciudadanía a ejercer su derecho a participar en estas discusiones en los tiempos, las oportunidades y los alcances que establece la Constitución de la Ciudad.