La Justicia denegó el pedido de Kueider para su reincorporación como senador

La Justicia denegó el pedido de Kueider para su reincorporación como senador

El juez federal Enrique Lavié Pico no aceptó el amparo que presentó el legislador destituido.


El juez en lo contencioso administrativo federal Enrique Lavié Pico rechazó hoy el amparo que presentó el destituido senador nacional Edgardo Kueider para ser repuesto en su cargo. El magistrado rechazó “in limine” el planteo de la defensa del legislador bajo prisión domiciliaria en Paraguay tras ser detenido con 211 mil dólares sin declarar.

En su resolución, el juez avaló la participación de Victoria Villarruel como titular del Senado en la sesión de la semana pasada, lo que Kueider objetó porque en ese momento debía estar al frente del Poder Ejecutivo porque Javier Milei estaba fuera del país.

“Las observaciones que en esta sede procura formular el actor relativas a la participación de la Sra. Presidente del Senado -luego de levantado el cuarto intermedio- no pueden tener acogida favorable por cuanto resulta claro de la lectura de la versión taquigráfica de dicha sesión que la actuación de la Dra. Victoria Eugenia Villarruel en su carácter de Sra. Presidente del Senado de la Nación, se limitó a lo expresamente previsto en el art. 57 de la Constitución Nacional”, sostuvo el magistrado.

Ese articulo de la Constitución establece que “el Vicepresidente de la Nación será presidente del Senado; pero no tendrá voto” y el artículo 33 del Reglamento del Senado determina que “el presidente no discute ni opina sobre el asunto que se delibera. Sólo vota en caso de empate”.

“De modo tal que no quedan dudas respecto a que su participación no ha tenido injerencia alguna en el resultado de la votación al que finalmente arribaron los Senadores Nacionales en uso de sus atribuciones privativas, en tanto se ha limitado estrictamente en el orden parlamentario a presidir la sesión en cuestión”, recalcó Lavié Pico.

El juez también resaltó que ningún senador objetó la participación de Villarruel. “De modo tal que, acceder al planteo formulado por el demandante, implicaría la inaceptable declaración de la nulidad por la nulidad misma”, sostuvo el magistrado.

“De modo tal que, acceder al planteo formulado por el demandante, implicaría la inaceptable declaración de la nulidad por la nulidad misma. Máxime, teniendo en cuenta la presunción general de validez que acompaña a todos los actos estatales y, por ello, toda ley se presume constitucional, toda sentencia se considera válida y todo acto administrativo se presume ajustado a derecho”, concluyó el magistrado.

En otro tramo de su resolución, el juez señaló que la remoción de un senador es una facultad propia del Poder Legislativo y resaltó que “el Poder Judicial no puede arrogarse funciones reservadas por la Constitución Nacional a los otros poderes del Estado”.

Así, Lavié Pico señaló que la destitución de Kueider no puede ser revisada “en esta sede judicial porque su examen constituye una competencia exclusiva y excluyente atribuida al Senado de la Nación por el art. 66 de la Carta Fundamental”.

La defensa de Kueider -a cargo del abogado Maximiliano Ruiz- había presentado la semana pasada un amparo. Planteó que la sesión en la que fue destituido es inconstitucional porque la presidió Villarruel cuando debía estar ejerciendo el cargo de Presidenta de la Nación porque Milei había viajado entre las 12 y las 14 a Italia. “De modo que, a partir de que el Sr. Presidente abandonó el país, la Sra. Presidenta de la Honorable Cámara de Senadores, pasó a ejercer el cargo de Presidente a cargo, con lo cual NO pudo y NO debió como representante del Poder Ejecutivo en ejercicio, presidir la Sesión que se impugna”, sostuvo.

Esa postura fue avalada por el propio Milei, que dijo que la sesión era “inválida” porque Villarruel debía estar al frente del Poder Ejecutivo. “En el momento que yo entro de viaje, automáticamente se produce la acefalía. Entonces queda a cargo del Ejecutivo el vicepresidente, en este caso la vicepresidente. Entonces, ¿qué es lo que pasa? Si preside la sesión del Congreso está trabajando en el Poder Legislativo, pero al mismo tiempo es Presidente de la Nación y eso violenta la división de poderes. La sesión es inválida”, sostuvo Milei.

En paralelo al amparo, Kueider atraviesa una causa penal en la justicia federal de San Isidro en la que hoy la jueza federal Sandra Arroyo Salgado formalizó el pedido de extradición del exsenador y de su secretaria, Iara Guinsel Costa, para quedar detenidos en la Argentina. La magistrada había pedido el desafuero de Kueider.

La magistrada también solicitó el traslado de ambos en condición de detenidos a su Juzgado Federal de San Isidro, el secuestro de sus celulares, equipos electrónicos, y otros objetos que tenían en su poder cuando fueron interceptados por las autoridades paraguayas en el puente fronterizo entre Brasil y Paraguay, y el allanamiento del departamento de lujo donde cumplen prisión domiciliaria.

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