La Justicia le apuntó a Carrió: no puede ampararse en los fueros para denunciar

La Justicia le apuntó a Carrió: no puede ampararse en los fueros para denunciar

No podrá ampararse en sus fueros ante una demanda civil que le inició por daños y perjuicios el administrador general de la Corte Suprema.


El fallo es muy duro. La Sala B de la Cámara Comercial rechazó la “inmunidad parlamentaria” que interpuso la diputada naciona Elisa Carrió, en una decisión en la que incluyó al funcionario de la Jefatura de Gabinete Fernando Sánchez, quien compartió con la diputada la denuncia penal contra  Héctor Daniel Marchi.

La diputada nacional deberá enfrentar un proceso civil por daños y perjuicios por haber acusado al administrador del máximo tribunal de un delito que fue descartado en sede penal

Carrió y Sánchez denunciaron por supuesto enriquecimiento ilícito al juez de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti y a Marchi. El expediente fue archivado por el juez Sergio Torres por “inexistencia de delito”.

Marchi adujo que afectaron su buen nombre y honor a sabiendas de que la AFIP había declarado la “inexistencia de interés fiscal en el caso”. Demandó civilmente a los denunciantes, pero Carrió se defendió argumentando que sus dichos estaban amparados en su función como legisladora.

“Los demandados, al denunciar penalmente al actor imputándole la comisión de delitos, exorbitaron la inmunidad de opinión parlamentaria al ocurrir ante otro poder de la Constitución pretendiendo llevar a juicio a un ciudadano”, indicaron los camaristas Roberto Parrilli, Omar Díaz Solimine y Claudio Ramos Feijoó en su fallo.

Sostuvieron además que negar la chance de que Marchi reclame un resarcimiento en el ámbito civil por los daños ocasionados se “violaría el límite de igualdad ante la ley”.

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