El juez Lisandro Fastman, titular del juzgado N° 14 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad dictó este viernes una acción de amparo en la cual se cuestiona la delegación en entidades privadas de las tareas de planificación y evaluación de los programas de salud. Remarcando la necesidad de contar con mayor información, el magistrado porteño resolvió dictar una medida de carácter precautelar ordenando al Gobierno de la Ciudad que “se abstenga de implementar la evaluación de los niños, niñas y adolescentes prevista en el Programa “Mi Escuela Saludable” y, en el caso de haberla iniciado, “proceda a su inmediata suspensión”, hasta tanto se proporcione la información requerida y se resuelva la medida cautelar solicitada por los amparistas.
El juez tuvo presente el dictamen del asesor tutelar y coincidió con dicho magistrado en que “de las constancias agregadas no se desprende con la claridad suficiente cuál es el rol que tendría la organización civil mencionada y también faltan elementos que permitan conocer el contenido y la extensión del programa”.
De acuerdo a lo resuelto, el Gobierno de la Ciudad deberá en el término de dos días, “adjuntar copias certificadas de todas las actuaciones administrativas vinculadas con la evaluación prevista en el marco del Programa ‘Mi Escuela Saludable’, en especial, las relativas a la intervención de la entidad privada ‘Instituto Internacional de Ciencias de la Vida”.
“Lo que aquí se dispone no importa cuestionamiento alguno a la oportunidad, mérito y conveniencia del Programa, aspectos propios del resorte exclusivo de la administración demandada, como así tampoco a la necesidad e importancia de realizar la evaluación y los objetivos propuestos, sino que se centra en el cuestionamiento formulado al modo de su implementación”, aclaró Fastman.