La Legislatura aprobó un acuerdo entre los gobiernos de la Ciudad de Buenos Aires y de la Nación para resolver deudas pendientes referidas a recaudaciones de impuestos y establecer mecanismos de mutua cooperación entre la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) y la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (Agip).
Lo convenido se llama “Acuerdo de Financiamiento y colaboración entre el Estado nacional, la Afip y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, que fue suscripto el 30 de marzo último por el jefe de Gabinete de la Nación, Marcos Peña; el jefe de Gobierno de la Ciudad, Horario Rodríguez Larreta; el ministro de Hacienda de la Nación, Nicolás Dujovne, y el titular de la Afip, Alberto Abad.
Tiene como objeto el financiamiento de los gastos que le irrogan a Ia Afip Ia recaudación de los impuestos nacionales y otorgar a Ia Ciudad un plan de facilidades de pago por las deudas que registre con la Afip en concepto de contribuciones patronales.
“A partir de 1 de abril de 2017, el Banco Nación efectuará diariamente las retenciones de las sumas resultantes de Ia aplicación del porcentaje del 1,9% sobre los montos que ingresen en cada cuenta recaudadora respecto de los recursos que le corresponda percibir al GCBA y los depositará en Ia cuenta presupuestaria de Ia Afip”, dice uno de los ítems del acuerdo.
El acuerdo involucra la financiación de una deuda que la Ciudad tiene con la Nación por más de siete mil millones de pesos.
Otras cláusulas refieren a distintas formas de colaboración para la recaudación impositiva y habilita a la Afip y la Agip a celebrar convenios y acciones conjuntas.
La votación en el recinto resultó de 33 votos positivos, 2 negativos (FIT) y 19 abstenciones (FpV, CNM, SP, AyL, SUMA+, CP, BC, PS).
Eximen de Ingresos Brutos a operaciones bancarias de pases
A propuesta del Jefe de Gobierno Horacio Rodríguez Larreta, la Legislatura sancionó hoy una ley que exime del pago del impuesto a los Ingresos Brutos a las operaciones de pases realizadas por las entidades financieras y reguladas por el Banco Central.
La norma incorpora un nuevo párrafo al inciso 1 del artículo 179, Anexo I, del Código Fiscal, cuyo texto es el siguiente:
“Asimismo se encuentran exentos los ingresos provenientes de operaciones de pases, reguladas por el Banco Central de la República Argentina, cuando los activos subyacentes o colaterales sean los autorizados por dicha entidad. Se encuentran exentas las operaciones de pases entre entidades financieras reguladas por la Ley de Entidades Financieras, así como también, cuando la contraparte sea el Banco Central de la República Argentina”.
La norma fue aprobada en base a un despacho de mayoría de la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria. Hubo una disidencia parcial de la diputada Paula Oliveto Lago (CC-ARI) y un despacho de minoría del legislador Gustavo Vera (BC) que aconsejaba el archivo de la iniciativa. Finalmente obtuvo 32 votos a favor, de los bloques Pro, CC-ARI y CP y 28 votos del resto de las bancadas en contra.
En los fundamentos del proyecto se explicó que esta modificación “propicia la exención del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los ingresos provenientes de operaciones de pases, reguladas tanto por el Banco Central de la República Argentina, como por la Ley de Entidades Financieras”.
“No hay duda alguna que reducir la inflación contribuye a la equidad social, ya que el denominado impuesto es altamente regresivo y que su impacto negativo recae sobre los sectores vulnerables de la sociedad. Asimismo, una política monetaria enfocada contribuye a crear condiciones favorables para el crecimiento de la economía, toda vez que dar certezas sobre el valor de la moneda contribuye a la previsibilidad de los planes de empresas, familias y gobiernos”, abundan los considerandos.
Durante el debate expusieron los diputados Alejandro García (Pro) como miembro informante, presidente de la Comisión de Presupuesto; Gustavo Vera (BC), Laura Marrone y Marcelo Ramal (FIT), José Campagnoli (FpV), Gabriel Fuks (CNM), Fernando Vilardo (AyL) y Natalia Fidel (Suma+)
Esta norma se suma a la recientemente sancionada que bajó la alícuota del impuesto a los Ingresos Brutos sobre los créditos hipotecarios, del 7% al 1,5%.