A fines del mes de junio entró en vigencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Ley 4565 conocida como la “Ley de Libertad de Expresión”. Aprobada por la Legislatura a partir del Decreto de Necesidad y Urgencia firmado por Mauricio Macri para garantizar la libertad de prensa en territorio porteño, y el aporte de diversos bloques opositores no kirchneristas, la normativa deberá pasar por el análisis del máximo tribunal porteño a partir de un cuestionamiento impulsado por el Defensor General de la Ciudad, Mario Kestelboim, quien plantea la inconstitucionalidad de dicha ley.
El pasado viernes la Defensoría General porteña interpuso ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad una acción declarativa de inconstitucionalidad en la que se pone en duda la constitucionalidad de más de una decena de artículos de la ley 4565.
Según el texto de la acción al que tuvo acceso Noticias Urbanas, los artículos cuestionados son el “13, 14, 15, 16, 17, 21, 22, 26, 28, 29, 30 y 31, todos ellos en virtud de su patente contrariedad con la Constitución Nacional, esencialmente los artículos 1, 4, 5, 7, 14, 31, 75, 126 y 128 del texto federal, al arrogarse la Legislatura de la Ciudad y el Jefe de Gobierno -por promulgar la norma aquí cuestionada- facultades y atribuciones propias del Congreso de la Nación, desconociendo además legislación federal y la competencia y ámbito de actuación de autoridades federales en la esfera del Poder Ejecutivo Nacional, en base a normativa vigente emanada del único órgano constitucionalmente habilitado a tal efecto, es decir el Poder Legislativo Nacional”.
El planteo impulsado desde el Ministerio Público de la Defensa también sostiene que en la normativa sancionada por el Parlamento porteño para garantizar el derecho a la libertad de expresión y de prensa, también se intenta proteger a las empresas periodísticas vulnerando diversas leyes sancionadas por el Congreso “como la Ley Nº 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual y la Ley Nº 26.736 de Pasta Celulosa y Papel para Diarios”.
De acuerdo al planteo de inconstitucionalidad, la ley 4565 no sólo contradice a la Constitución Nacional y varias leyes nacionales, según expresa el texto impulsado por la Defensoría General porteña “contraviene los artículos 1, 2, 80, 105 y 113 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley Nº 402 que regula el procedimiento ante este Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad”.
El Tribunal Superior de Justicia tendrá en sus manos una decisión complicada ya que deberá resolver el pedido de declaración de inconstitucionalidad de una ley en la que el propio tribunal es parte, ya que en la normativa se establece que la competencia para casos vinculados a la libertad de prensa al máximo tribunal porteño “hasta tanto se dicte la Ley especial […] y comience a funcionar el Tribunal de Defensa de la Libertad de Expresión de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Según remarca la acción impulsada por Kestelboim “el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires ha expresado que su competencia originaria está expresamente determinada en la Constitución local y sólo puede ser aumentada, disminuida o modificada por una reforma constitucional”, y subraya que “la configuración de esa competencia trasciende las potestades del legislador y de los jueces”.