La muerte nunca ha sido un tema fácil de abordar y menos aún cuando se trata de decidir terminar con la vida propia o de un familiar que se encuentra en un estado irreversible de sufrimiento.
El derecho a una muerte digna ya existe en varios países del mundo y si bien en Argentina se intentó abrir el debate aún no ha prosperado.
Asimismo, se han presentando en el Congreso de la Nación varios proyectos para poner el tema sobre la mesa y discutir un derecho que viene siendo postergado.
Si bien hubo avances en materia legislativa, como la de darle la posibilidad a un paciente que padece una enfermedad terminal de interrumpir su alimentación e hidratación o firmar “directivas anticipadas” que contemplen terminar con sus tratamientos preventivos o paliativos, todavía hay muchas situaciones que no están contempladas.
En tanto, los legisladores han tenido diferentes iniciativas, pero todas quedaron cajoneadas. Por un lado, el exsenador y actual diputado nacional Julio Cobos (UCR) presentó un proyecto el cual plantea la Interrupción Voluntaria de la Vida.
Por otro lado, desde el oficialismo existe otra iniciativa llamada Ley de Derecho a la Prestación de Ayuda para Morir Dignamente o Ley Alfonso, que ingresó en 2021 y fue impulsado por la diputada nacional Gabriela Estévez.
Alfonso Oliva era un paciente que fue diagnosticado de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) en 2014 y pedía por la Ley de la Eutanasia, ya que consideraba que no tenía una vida digna de ser vivida. Falleció en 2019 durmiendo y fue uno de los primeros impulsores en pedir por el derecho a morir dignamente.
Ahora, la diputada nacional Jimena Latorre (UCR) presentó otro proyecto llamado Ley de Buena Muerte Regulación de la Eutanasia, que ingresó el 14 de abril del 2023 en Diputados. Cabe recordar que Latorre ya había presentado la iniciativa, junto a los radicales Alfredo Cornejo y Alejandro Cacace en el 2021. Cornejo hizo lo mismo en la Cámara alta el año pasado, aunque sin respuestas.
El proyecto plantea que “toda persona que se encuentre sufriendo una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante” tiene el derecho a solicitar ayuda para morir. Contempla que el paciente puede requerir la atención de la prestación y acceder a toda la información necesaria para recibir la ayuda para morir.
Además, la ley establece que las entidades encargadas de su aplicación serán el Ministerio de Salud de la Nación y los respectivos ministerios provinciales.
Contempla que las personas mayores de dieciséis años de edad tienen la plena capacidad para prestar su consentimiento a fin de ejercer el derecho a una buena muerte.
A su vez, en el proyecto se advierte que “la dificultad mayor se presenta cuando el paciente ya no puede expresar su voluntad porque ha perdido irreversiblemente el conocimiento” y, en ese caso, podrá ser un familiar o cónyuge el que tome la decisión.
Finaliza: “La legalización y regulación de la eutanasia se asientan sobre derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional: por un lado, los derechos fundamentales a la vida y a la integridad física y moral, y de otro, bienes protegidos como la dignidad, la libertad o la autonomía de la voluntad”.