Larreta confirmó que deberán aislarse 10 días quienes vuelvan del exterior

Larreta confirmó que deberán aislarse 10 días quienes vuelvan del exterior

Es para evitar la propagación de la variante Delta.


El Gobierno prorrogó este viernes el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de medidas de cuidado contra el coronavirus y sumó restricciones para las personas que regresen a la Argentina desde el exterior, con la intención de morigerar el ingreso de la variante delta al país.

La determinación más importante en ese sentido es que quienes lo hagan entre el 1° de julio y el 31 de agosto estarán obligados a cumplir un aislamiento de diez días desde el testeo realizado en el país de origen. Según la norma, los lugares serán definidos por los gobiernos distritales y el costo de la estadía estará a cargo de los pasajeros.

En el caso de la Ciudad de Buenos Aires, la política del distrito consistirá en determinar el lugar de aislamiento en base a la condición en la que ingresen las personas la país, aunque aclararon que esto terminará de definirse a comienzos de la semana entrante. En principio, si el pasajero da positivo de coronavirus deberá cumplir la disposición en uno de los seis hoteles dispuestos y preparados especialmente por el distrito a tales fines: Presidente, Cyan Tower, Ibis Obelisco, Sheltown, Two y Argentino. La administración porteña no había determinado si, como indica el DNU, la estadía será costeada por los contagiados o, como hasta ahora, estará a cargo de la Ciudad. Será uno de los temas a debatir durante las reuniones definitorias de los próximos días.

Por otra parte, si el pasajero da negativo podrá llevar adelante el aislamiento en su domicilio particular. Sobre este punto, el gobierno de Horacio Rodríguez Larreta realizará un “seguimiento exhaustivo” de cada uno de los casos, ya sea a través de la línea 147, de controles efectuados por el Ministerio de Salud y del “posible envío de emisarios” a las viviendas.

Quienes regresen del exterior entre el 1° de julio y el 31 de agosto están obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la ciudad de Buenos Aires, durante 10 días contados desde el testeo realizado en el país de origen. La estadía en los lugares de aislamiento estará a cargo del pasajero.

Se controlará que quienes regresaron de viaje estén cumpliendo el aislamiento en sus domicilios y se radicarán denuncias penales en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento, de acuerdo con los artículos 205 y 239 del Código Penal, por violación a medidas contra epidemias y desobediencia a autoridad pública, sancionadas con prisión de seis meses a dos años y con prisión de 15 a días a un año, respectivamente. Además los viajeros deberán hacerse un testeo para poder abordar el avión con destino a la Argentina. Y deberán hacerse un testeo al llegar al país y otro testeo al séptimo día de ingreso.

Quienes resulten negativos, al ingreso al país, deberán cumplir con el aislamiento en los lugares que dispongan los gobiernos provinciales y de la ciudad de Buenos Aires y deberán realizar un nuevo test para finalizarlo. Quienes resulten positivos, al ingreso al país deberán realizar otro testeo de secuenciación genómica y, junto con sus contactos estrechos, cumplir aislamiento en los lugares que indiquen las autoridades nacionales, hasta su traslado seguro hasta la residencia si correspondiera.

Todos los testeos y la estadía en los lugares de aislamiento estarán a cargo del pasajero. Asimismo, el viajero deberá declarar los lugares en donde estuvo los últimos 14 días previos al reingreso al país. Para el ingreso autorizado como excepción por migraciones, a través de pasos terrestres, la jurisdicción provincial deberá disponer corredores seguros. Los extranjeros no residentes que ingresen a desarrollar trabajos esenciales, con autorización de Migraciones, deberán cumplir con la cuarentena. Y las provincias deberán controlar el cumplimiento del aislamiento de las personas ingresadas desde el exterior.

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