La Ley Ómnibus de Reforma del Estado que el presidente Javier Milei y todos sus ministros enviaron al Congreso para ser tratada en sesiones extraordinarias tiene un apartado dedicado a seguridad y defensa. Lo más destacado viene por el lado de cambios en el Código Penal que agravan las penas para el delito de resistencia a la autoridad y a la vez amplía los supuestos en los que aplica la figura de legítima defensa. En otras palabras, se le da más respaldo a la Policía, ya que impone sanciones más severas a quienes agredan a un agente.
En concreto modifica el artículo 237 del Código Penal y sube la escala penal actual que va de un mes a un año a un año y tres años y seis meses de prisión para quien “empleare intimidación o fuerza contra un funcionario público o contra la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de un deber legal” y agrega al final el supuesto de “mientras estuviere cumpliendo sus funciones”
Esto no solo supone un aumento nominal en las condenas sino que también implica que, de aprobarse el proyecto, una persona que sea declarada culpable de resistencia a la autoridad y es sentenciada a más de tres años de prisión podría ir a la cárcel. Algo que hasta ahora no ocurría sin la acumulación de una condena por otro delito.
Además, en el artículo 238 del Código aumenta las penas (que actualmente son de seis meses a dos años) a entre cuatro y seis años de cárcel para quienes agreden a un agente usando un arma, entre tres o más personas, si el autor es funcionario público o “pusiere manos en la autoridad”, en otras palabras, lo agrede a piñas.
“En el caso de ser funcionario público, el reo sufrirá además inhabilitación especial por el doble de tiempo del de la condena”, termina el artículo, por lo que la pena podría escalar hasta los 12 años de prisión.
La Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos ya está en manos del Presidente de la Honorable Cámara de Diputados, Martín Menem. pic.twitter.com/PMua2spbS6
— Oficina del Presidente Javier Milei (@OPEArg) December 27, 2023
Legítima defensa
El proyecto de Ley Ómnibus también alivia la presión sobre los ciudadanos que, ante un delito o un acto de violencia se defienden y terminan siendo sometidos a una causa penal. Algunos casos resonantes de los últimos años son el del médico Lino Villar Cataldo, de San Martín, el carnicero Daniel “Billy” Oyarzún de Zárate o el del herrero de Quilmes Jorge Adolfo Ríos.
El nuevo texto establece a la hora de evaluar la figura de la legítima defensa o el cumplimiento del deber de un funcionario de una fuerza de seguridad, “la proporcionalidad del medio empleado debe ser siempre interpretada en favor de quien obra en cumplimiento de su deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”.
Hasta ahora el Código Penal contemplaba que estas figuras cabían cuando alguien actuaba ante un hecho de “escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, o departamento habitado o de sus dependencias, cualquiera que sea el daño ocasionado al agresor”.
Ahora suma: “Igualmente respecto de aquél que encontrare a un extraño dentro de su hogar o de un inmueble en el que legítimamente se alojara o trabajara, siempre que haya resistencia o señales que pudieran hacer presumir una agresión inminente”.
“También se entenderá que concurren estas circunstancias cuando una diferencia de edad, contextura física, experiencia en riña o el número de los agresores pudiera razonablemente hacer temer a quien se defiende por un daño a su integridad física o sexual. Estará además comprendido en este párrafo quien se defendiere respecto de quien esgrimiera un arma falsa o de quien atacare con un arma mientras huye de la escena”, sigue el proyecto.
El tema del “arma falsa” es novedoso, ya que con la ley actual, si alguien se defiende con un arma real y mata o hiere a un agresor que portaba, por ejemplo, una pistola de juguete, este factor podía jugar en contra de la víctima. O como mínimo, abrir un debate judicial sobre si tenía la capacidad de discernir sobre si se trataba de un arma de verdad o no.
El proyecto también le quita la posibilidad a quien comete un delito o a sus parientes (si el delincuente muere) de querellar o demandar a la persona que se defendió.
Es decisión del Presidente Javier Milei liberar de las trabas del Estado opresor a las fuerzas productivas de nuestra Nación con el objetivo de comenzar a transitar el camino para volver a ser una potencia mundial. pic.twitter.com/tqxTGskPhG
— Oficina del Presidente Javier Milei (@OPEArg) December 27, 2023
Fin de un privilegio para la Bonaerense
Pero hay más: el primer artículo del apartado dedicado a seguridad y defensa propone derogar la Ley N° 21.770. A priori, el número no dice nada, pero al ver de qué trata esta norma, no se trata de una que vaya a pasar desapercibida en la Provincia de Buenos Aires.
Se trata de una ley secreta firmada en 1978 durante la última dictadura militar y vigente hasta hoy por la que se “autoriza a la Policía de la Provincia de Buenos Aires a importar como material secreto de seguridad, sin verificación previa y en las condiciones que tal caracterización supone, los elementos, materiales y/o equipos netamente especializados, destinados a su equipamiento y/o funcionamiento”.
A la vez, exime a la Bonaerense del pago de los derechos de importación, “así como de todo otro gravamen, contribución o tasa que deba tributar por todo concepto por las importaciones que realice en las condiciones autorizadas por el artículo 1º”.