Los alquileres que se actualicen en agosto aumentarán un 247%

Los alquileres que se actualicen en agosto aumentarán un 247%

La nueva actualización es otro golpe al bolsillo.


Los alquileres es uno de los grandes mercados, junto al de los créditos hipotecarios, que explican el acceso a la vivienda del 90% de la población de cualquier país. En este sentido, pese a que la ley de alquileres fue derogada a fines del año pasado por el DNU firmado por Javier Milei, todos los acuerdos que fueron pactados previamente mantienen las condiciones que establecía la normativa “antigua”: tres años de contrato y un ajuste anual actualizado por Índice de Contratos de Locación (ICL), el índice que elabora el Banco Central; y su posterior actualización: ajustes semestrales en base al índice Casa Propia. Por lo que, en agosto sufrirán un nuevo incremento en los valores de los contratos.

De esta manera, en el octavo mes del año, los contratos de locación pactados en el octavo mes del 2022 y de 2023, sufrirán una suba interanual del 247,56% (al 1° de agosto de 2024) según la última actualización del ICL, rompiendo un nuevo récord, ya que en julio el ajuste había sido del 244,4%.

En números concretos, si un inquilino paga un alquiler de $100.000, a partir de este mes deberá abonar $347.094, mientras que el que paga $200.000 pasará a abonar $694.188 por mes. Un dato clave a tener en cuenta es que el ICL varía en forma diaria, por lo que, el aumento dependerá el día del mes en el que fue firmado el contrato.

¿Qué pasa con los contratos firmados luego de la derogación de la ley?

Un análisis aparte merece quienes cerraron su alquiler luego de la derogación de la normativa, es decir, luego del 31 de diciembre de 2023. En estos casos la situación es otra: se estableció libertad entre las partes a la hora de definir el índice y el lapso del contrato. De todas formas, la mayoría de las negociaciones se cerraron con actualizaciones cada tres meses en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC), que se ajusta directamente por inflación: en este caso, el incremento respecto a mayo será del 18,58% .

Por ejemplo, si se pactó un ajuste trimestral, para un alquiler de $440.072 iniciado en mayo de 2024, que debe ajustarse en agosto, el último índice publicado por el Indec es de junio 2024, el valor a pagar pasaría a ser de $521.857,63.

“En los últimos años y hasta diciembre teníamos contratos que ajustaban cada un año en base al ICL, lo que generaba la reacción automática de tratar de cubrirse y, en consecuencia, inflar mucho los precios iniciales. Hoy, el esquema es más coherente con la realidad económica argentina: actualizaciones más periódicas que hacen que esa necesidad de cobertura, de ponerle plata a la incertidumbre, ya no esté más”, analizó Federico González Rouco, economista especializado en vivienda.

No obstante, explicó que el gran desafío reside en la posibilidad de pagar dichos alquileres: “El alquiler promedio en la ciudad de Buenos Aires comparado con el ingreso promedio hoy representa el 50%. Está todavía bastante por encima del 40% promedio de los últimos años, pero muy por debajo de lo que fue el peor momento, cuando llegó a representar más del 70%”, apuntó. “Los salarios todavía tienen el margen para crecer por sobre los alquileres, no porque los alquileres caigan sino porque los salarios todavía tienen mucho margen para crecer dado el bajo punto de partida”, completó.

Cómo calcular el aumento

En el caso de que se decida ajustar de forma manual, es importante destacar que no debe sumarse la inflación de cada uno de los meses sino que se deben multiplicar las variaciones de inflación de cada mes y multiplicarse entre estas y el valor del alquiler, dado que se trata de la inflación acumulada del período.

Primero, hay que conocer cuál fue la inflación del período por el que se pretende ajustar el alquiler. Los pasos a seguir serían los siguientes:

  • Acceder al informe de IPC del Indec, desde la página del Indec (indec.gob.ar), luego ir a la pestaña de “Estadísticas”, hacer clic en “Precios” dentro de la sección de Economía y luego seleccionar el botón de “Precios al Consumidor (IPC)”. También se puede acceder directamente desde este enlace.
  • Hacer clic en el botón “leer informe”.
  • En la cuarta página del documento, ver el segundo gráfico “Variaciones mensuales del Nivel general del IPC”. Allí se puede ver la inflación de cada mes, con los que se va a calcular la tasa de variación en el período deseado.
  • Una vez ubicados los datos, los pasos para hacer la cuenta son los mencionados a continuación:
  • Primero hay que calcular por separado el valor de inflación de cada mes dividido 100 y sumarle 1. Por ejemplo, la inflación de enero fue de 20,6% y dividido 100 da 0,206, más 1 da 1,206. Así sucesivamente con cada uno de los meses que entren en el plazo de actualización.
  • Luego hay que multiplicar el valor actual del alquiler por esos valores de la inflación individuales.
  • El resultado será el nuevo valor de alquiler a pagar por el próximo trimestre.
  • En otras palabras, la fórmula sería: el valor del alquiler x (inflación primer mes/100 + 1) x (inflación segundo mes/100 + 1) x (inflación tercer mes/100 + 1) = valor actualizado del alquiler.

En un ejemplo concreto, si el día 1 de febrero se firmó un contrato de alquiler por $405.000 con ajuste trimestral por inflación, este debería ajustarse por primera vez en mayo. Dado que el informe del Indec se difunde a mediados de mes, el primer día de mayo estarían disponibles los datos de enero, febrero y marzo pero todavía no los de abril.

El valor de la variación mensual de la inflación en esos meses fue de 20,6% en enero, la de febrero fue del 13,2% y la de marzo del 11%.

Después de dividir cada uno por cien y sumarle uno, la cuenta sería: 405.000 x 1,206 x 1,132 x 1,11 = $ 613.722,06

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