Milei decidió que la UIF no podrá se querellante en causas de lavado

Milei decidió que la UIF no podrá se querellante en causas de lavado

El Gobierno ya había despedido a quien era el titular de la UIF, Ignacio Yacobucci.


El Gobierno de Javier Milei decretó que la Unidad de Información Financiera (UIF), que funciona con autonomía y autarquía financiera en jurisdicción del Ministerio de Justicia, ya no podrá ser querellante en causas de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva dado que esto “podría afectar su autonomía e independencia operativa”.

Según el Decreto 274/2025, publicado el miércoles por la noche en el Boletín Oficial, el cambio en la reglamentación de la UIF, hoy a cargo del fiscal federal Paulo ‘Paul’ Starc, está basado en un informe del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) que señala que Argentina “es un caso aislado respecto a la facultad de querellar” en causas de lavado de capitales y creen que se sostiene con “intenciones de perseguir”.

“A los fines de dotar al funcionamiento de la UIF de una mayor autonomía, eficacia y eficiencia, en pos de evitar una ‘influencia o interferencia indebida’ en los términos de las recomendaciones del GAFI, y en virtud de las normas constitucionales y legales que regulan los diferentes roles y la actuación de la UIF y del Ministerio Público Fiscal, corresponde derogar el Decreto N° 2226/08”, sostiene el Decreto 274.

El mencionado Decreto N° 2226/08 que se ha derogado es el que autoriza al titular de la UFI “a intervenir como parte querellante en los procesos en los que se investigue la comisión de los delitos” relativos al encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo. Según señala la normativa de Milei, “de acuerdo al artículo 120 de la Constitución Nacional, el Ministerio Público Fiscal, como órgano independiente, con autonomía funcional y autarquía financiera, es el encargado de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad”, por lo que no debería ser la excepción en estos casos.

“Cuando la UIF haya agotado su análisis, en el marco de su competencia, y surgieren elementos de convicción suficientes para establecer la existencia de un hecho, operación u operatoria sospechosa de lavado de activos, de financiación del terrorismo o de financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, ello será comunicado al Ministerio Público Fiscal a fin de establecer si corresponde ejercer la acción penal”, determina el Decreto 274.

“Resulta necesario reducir la superposición de funciones entre los entes, garantizar una mayor coordinación en las políticas de administración de los recursos públicos y promover una gestión más ágil y centralizada”, argumentaron los funcionarios nacionales. Por ello, “la reestructuración organizativa y las modificaciones de competencias que se propician por la presente medida permitirán alcanzar la máxima eficacia y eficiencia en la gestión técnica de los medios con los que cuenta el Estado Nacional para garantizar la seguridad de los ciudadanos”.

Este año, el Gobierno de Javier Milei despidió a quien era el titular de la UIF, Ignacio Yacobucci, dado que consideraban que era proclive a ser querellante en algunas causas de corrupción como, por ejemplo, las de Hotesur-Los Sauces, causa Cuadernos, contra Martín Insaurralde y en especial en las que tienen a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner como protagonista.

 

 

 

 

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