En el contexto del diálogo acerca de la transferencia de atribuciones del Poder Judicial de la Nación hacia la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires, el Ministerio de Justicia de la Nación estableció una comisión para investigar y examinar este proceso de traspaso. A pesar de que esta propuesta fue rechazada por la Justicia nacional, contó con el respaldo de la Corte Suprema en varios dictámenes.
La iniciativa fue formalizada a través de la resolución 179/2025, que fue publicada en el Boletín Oficial, con el fin de facilitar el avance en la transferencia de competencias.
Esta decisión responde a la necesidad de cumplir con lo establecido en la Constitución Nacional, que desde su reforma de 1994 reconoce la autonomía política y jurisdiccional de la Ciudad. Aquella reforma incorporó a la Ciudad de Buenos Aires como un nuevo actor pleno dentro del sistema federal.
Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad no estaba en condiciones de analizar las decisiones tomadas por jueces que aplican el derecho común en la jurisdicción porteña, ni de pronunciarse sobre la aceptación de los recursos extraordinarios que se presentan ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En enero de este año, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil expresó “su total y absoluto rechazo” a la iniciativa promovida por el Gobierno nacional. En respuesta a este rechazo, la Corte Suprema indicó que el TSJ debía desempeñar la función de órgano encargado de revisar las resoluciones de las cámaras nacionales que tienen competencia en el ámbito porteño.
No obstante, 24 miembros de la Cámara Nacional, junto con miembros de la Cámara del Trabajo y con el apoyo de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia de la Nación (AMFJN), firmaron en ese momento una resolución que se oponía a las propuestas del Gobierno.
En ella cuestionaban la iniciativa de promover “todos los actos y suscribir los Acuerdos que sean necesarios para que se efectivice la transferencia de la JUSTICIA NACIONAL a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en un plazo máximo de TRES (3) años”.
Funciones de la Comisión
Respecto a los objetivos concretos de la comisión, se busca examinar todos los elementos necesarios para asegurar una transición ordenada y sin interrupciones en el funcionamiento del sistema judicial.
Sus responsabilidades incluyen evaluar las repercusiones normativas y financieras, así como garantizar la continuidad del servicio de Justicia tanto a nivel nacional como en la Ciudad.
Además, tendrá la tarea de identificar los recursos y mecanismos para facilitar una transferencia efectiva de competencias, lo que abarca la inclusión de funcionarios, recursos materiales y personal involucrado.
A pesar del estancamiento que ha persistido durante meses debido a los conflictos entre el Gobierno Nacional, la administración de la ciudad y el Poder Judicial, la resolución emitida por el Ministerio de Justicia subraya la necesidad urgente de abordar este asunto y avanzar hacia la plena autonomía del judicial tal como lo establece la Constitución Nacional.
De manera práctica, la Justicia nacional ordinaria seguirá encargándose de ciertos casos en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires hasta que se lleve a cabo la transferencia correspondiente. No obstante, el establecimiento de esta nueva comisión representa un avance importante en la reestructuración del sistema judicial de la capital, el cual enfrenta tanto desafíos logísticos como políticos.
El progreso de esta iniciativa dependerá, por lo tanto, de la habilidad de las autoridades para lograr un acuerdo sólido y garantizar que la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires se materialice de forma efectiva, no solo en el ámbito judicial, sino también en todas las áreas que le son propias.
Una de las decisiones más recientes sobre este asunto fue adoptada por un juez federal, quien decidió suspender la normativa que había dado origen al fuero laboral en la Ciudad de Buenos Aires a finales de enero. Esta legislación significaba una reducción en las competencias de la Justicia nacional en el ámbito laboral.