Lo que se conoció este viernes podría ser una señal de lo que vendrá después del lunes 13 de abril cuando se cumpla el fin de la cuarentena obligatoria impuesto por el Gobierno nacional. Ya que hoy se conocieron nuevas actividades que quedaron eximidas de la cuarentena. Lo que podría significar que se viene flexibilización de la misma después del 13.
El listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia fue ampliado este viernes por el gobierno nacional. Así se dispuso en la Decisión Administrativa 450/2020 , publicada en el Boletín Oficial, donde indicaron que los desplazamientos de las personas alcanzadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales.
“La realidad de la implementación de ‘aislamiento social, preventivo y obligatorio’ ha demostrado la necesidad de incorporar otras actividades y servicios con carácter de esenciales con el fin de mitigar los efectos ocasionados por las medidas adoptadas”, se indica en la decisión oficial.
También se aclaró en el Boletín Oficial que, en todos estos casos, “los empleadores y empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud”, a fin de preservar la salud de los trabajadores.
Las nuevas actividades eximidas de la cuarentena:
Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones
Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera
Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola
Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía
Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear
Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación
Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos
Inscripción, identificación y documentación de personas
Las personas comprendidas deben tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación.