Las restricciones son oficiales y tienen varios objetivos a la vez. En concreto, el Banco Central (BCRA) dispuso este jueves que “las empresas que cuenten con activos líquidos originados en la formación de activos externos deberán disponer primeramente de esos recursos para el pago de obligaciones con el exterior”.
De esa manera, el Central dispuso “nuevas medidas para el acceso de las empresas al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) con el propósito de ordenar el pago de obligaciones por la importación de bienes”.
El BCRA detalló que “para certificar las obligaciones dispuestas se requerirá la presentación de una Declaración Jurada, la cual será verificada mediante el cruzamiento de las bases de SEPAIMPO (Sistema de Seguimiento de Pagos de Bienes) y RIOC (Régimen Informativo de Operaciones de Cambio), en caso de falsedad se bloqueará el acceso al mercado de cambios y se iniciarán las acciones penales cambiarias correspondientes”.
El Central remarcó que “el propósito es garantizar que estas medidas estimulen el trabajo y producción local y evitar su abuso en la cancelación de obligaciones con el exterior.
Además, se extiende a 90 días previos y 90 días posteriores la restricción para realizar operaciones de compra venta de títulos públicos en moneda local con liquidación en divisas para las empresas que requieran acceder al mercado oficial de cambio.