Otro revés para CFK: la Corte convalidó la ley del arrepentido

Otro revés para CFK: la Corte convalidó la ley del arrepentido

El máximo tribunal desestimó un planteo de inconstitucionalidad del exministro De Vido.


En otro duro revés judicial para el kirchnerismo, la Corte Suprema de Justicia respaldó el martes la constitucionalidad de la ley del arrepentido al desestimar un recurso del exministro de Planificación Federal Julio De Vido, con el que cuestionaba la norma en la causa de los cuadernos de las coimas.

En ese caso, se investiga la denuncia contra De Vido y otros exfuncionarios de Néstor y Cristina Kirchner por su presunta participación en una organización criminal integrada por funcionarios públicos y contratistas de obra pública. Esa organización, según la Justicia, se dedicó a percibir los fondos de origen supuestamente ilícito que provenían de los sobreprecios de las obras públicas.

Los arrepentidos constituyen el corazón de la causa de los Cuadernos. Oscar Centeno, el autor de las anotaciones, fue el primero de los arrepentidos en agosto de 2018 que desató la ola de pactos que se hicieron en la fiscalía de Carlos Stornelli. En total hubo 31 arrepentidos entre empresarios y ex funcionarios que buscaron aliviar su situación para salir de prisión o evitar una detención.

Las acusaciones surgieron de Oscar Centeno, un chofer del Ministerio de Planificación que anotó en cuadernos los viajes que hacía con funcionarios de la cartera para retirar sobornos pagados por empresarios. Funcionarios “arrepentidos” admitieron los cobros y los empresarios reconocieron los pagos ante la Justicia.

Algunos de los viajes de Centeno terminaban en el departamento de la calle Juncal, donde vivió Cristina Kirchner en Recoleta y los bolsos que supuestamente bajaban allí eran recibidos por Daniel Muñoz, el fallecido exsecretario de los Kirchner.

Esta decisión de la Justicia significa un revés para la vicepresidenta Cristina Kirchner porque en esta causa, donde se homologaron 31 acuerdos de colaboración con arrepentidos, ella está acusada de haber liderado una asociación ilícita para recaudar coimas de empresarios de la obra pública.

Aunque el fallo judicial no fue en respuesta a un planteo de la vicepresidenta, Cristina está acusada de hechos de corrupción que fueron revelados por los imputados colaboradores y que luego la Justicia dio por acreditados con otros elementos de prueba.

La ley 27.304, sancionada el 19 de octubre de 2016, consagró la figura del “delator premiado” o “imputado colaborador” (arrepentido) con un alcance más amplio del que tenía hasta entonces en otras disposiciones. En la práctica, el acogimiento a este régimen implicaba que aquel partícipe de un hecho ilícito que declara en calidad de arrepentido, obtiene una disminución de la pena privativa de la libertad a cambio de informaciones relevantes para el esclarecimiento o avance de la investigación.

En la causa hay 159 acusados -están todos en libertad- y los testigos ofrecidos para el juicio oral son 899, lo que convierte a este expediente en “la investigación de hechos de corrupción más extensa que se ha realizado en la historia judicial argentina, comparable a unas pocas a nivel mundial”, según la fiscal de juicio Fabiana León.

La causa por los cuadernos de las coimas ya está elevada a juicio oral. El tribunal oral les permitió a todos los imputados, a los querellantes y a la fiscalía que hagan el ofrecimiento de la prueba que usarán en el proceso. Esto es, definir a testigos que quieran convocar, qué documentación quieren incorporar, o si entienden que hay que hacer medidas previas al comienzo de la audiencia, como nuevos peritajes. Ahora los jueces están analizando qué pruebas admiten y cuáles no.

Esta causa, en rigor, no es un solo expediente sino que son 10 expedientes que se encuentran conectados y por eso tramitan como un conjunto. Esos expediente abarca en total 540 hechos de corrupción, que en su mayoría son pagos y recepciones de sobornos.

El Tribunal Oral Federal N° 7 es el encargado de hacer el juicio oral. Pero antes está determinando que pruebas se admiten en el juicio o cuales no. Está integrado por los jueces Enrique Méndez Signori, Germán Castelli y Fernando Canero.

Los acusados vienen interponiendo diversos recursos de nulidad para frustrar la realización del juicio o excluir sus declaraciones como “arrepentidos” en la cuales admitieron haber efectuado pagos a los empresarios. La fiscalía se opuso en todos los casos y el tribunal oral federal respaldó a la fiscal León y rechazó esas pretensiones de los implicados.

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