Piden libre ingreso de alimentos en cines, teatros y espectáculos públicos

Piden libre ingreso de alimentos en cines, teatros y espectáculos públicos

El legislador porteño de Confianza Pública, Sebastián Nagata, presentó un proyecto en la Legislatura de CABA.


El legislador porteño de Confianza Pública, Sebastián Nagata, presentó un proyecto en la Legislatura de la Ciudad para resguardar a los consumidores de los “abusos” en espectáculos o cines. Plantea la libertad de ingreso con alimentos y bebidas.

La iniciativa se aplicará en cines, teatros, circos, establecimientos de espectáculos deportivos o de recitales, sala de exhibición o proyección de audiovisuales, muestras artísticas, muestras fotográficas y afines que se realicen en CABA, y en aquellos que, mediando analogía con los supuestos contemplados, se incorporen por vía reglamentaria.

En sus fundamentos indica: “En la actualidad, en los establecimientos en los cuales se desarrollan espectáculos públicos y actividades recreativas, es habitual que se establezca la prohibición de ingresar con bebidas y/o alimentos adquiridos fuera de este, aun cuando su consumo no está prohibido. Esto atenta contra la libertad de los ciudadanos para ejercer sus derechos como consumidores, al ser obligados a adquirir productos acotados por menús poco variados, que no respetan necesidades y preferencias diversas y que, además, suelen presentar precios más elevados que lo habitual”.

“Esta práctica prohibitiva no solo no está amparada por ninguna norma legal nacional ni local, sino que, además parece contrariar una serie de derechos implícitos en diversas normativas que integran nuestro ordenamiento jurídico” agregó.

Además explicó: “Este accionar constituye una práctica, por parte de los titulares de dichos
establecimientos, que pone en una situación de desventaja a los consumidores que no pueden permitirse la entrada al espectáculo o actividad, más los precios de los alimentos que fijan los establecimientos, siendo que estos últimos son los que deben “garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios. Deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias”

“No podrán ejercer sobre los consumidores extranjeros diferenciación alguna sobre precios, calidades técnicas o comerciales o cualquier otro aspecto relevante sobre los bienes y servicios que comercialice. Cualquier excepción a lo señalado deberá ser autorizada por la autoridad de aplicación en razones de interés general debidamente fundadas”, como bien afirma el Artículo 8° bis de la Ley Nacional 24.240 de Defensa el Consumidor”, remarcó.

“Es menester aclarar que este Proyecto de Ley no busca, de ningún modo, negar el derecho de los establecimientos referidos a estipular condiciones de admisión y permanencia en cumplimiento de las leyes vigentes al respecto. Sin embargo, sí apunta a evitar que se restrinjan los derechos de los consumidores y usuarios, se establezcan situaciones de discriminación o se coloque a los ciudadanos en una posición de indefensión”, precisó.

Y concluye: “Entendemos que esta ley permitirá terminar con un vacío legal que da lugar a estas prácticas que ponen a los consumidores y usuarios en situaciones desventajosas. La obligada exposición de un cartel o mensaje en el que se comuniquen los derechos de los consumidores y usuarios, permitirá que los ciudadanos conozcan sus derechos y se reduzca, así, la discrecionalidad de acción por parte de los titulares o responsables de estos establecimientos. Del mismo modo, la sanción prevista tiene por objetivo que la autoridad de aplicación pueda castigar fácilmente los incumplimientos de la ley”.

Te puede interesar

Qué se dice del tema...