La Cámara Electoral concedió el martes un recurso de queja y será finalmente la Corte Suprema de Justicia de la Nación quien se expida de manera definitiva en torno al pedido para impugnar las elecciones en el Partido Justicialista de la provincia de Buenos Aires que consagraron a Máximo Kirchner como triunfador.
Se trata de la continuidad de un planteo judicial iniciado por Fernando Gray, intendente de Esteban Echeverría, quien se opuso al acortamiento de los mandatos y las elecciones anticipadas que, de manera virtual, por encontrarse en medio de la pandemia, consagraron al actual Jefe de Bloque del Frente de Todos.
Desde el entorno de Gray explicaron a Perfil que igualmente podrá llevarse adelanto el congreso que está previsto para el sábado y que el hijo de la vicepresidenta Cristina Kirchner podrá asumir igual. Sin embargo, si el máximo tribunal dice que es inválida la elección de las autoridades, se deberá dar marcha atrás.
El fallo de la Cámara Nacional Electoral que lleva la firma de los camaristas Santiago Corcuera, Alberto Dalla Via y Daniel Bejasindica indica: “El examen sobre la configuración en un caso de esa heterodoxia correspondería, de todos modos, a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y no a este tribunal”.
Con esta resolución Kirchner podrá asumir igualmente como titular del partido el próximo sábado en San Vicente. Pero todo el proceso quedará en manos de los ministros de la corte que no tienen un bien vínculo con el Gobierno.
✔¿Por qué se impugna la elección de Máximo Kirchner?
En su planteo judicial, el intendente de Esteban Echeverría y presidente del partido, Fernando Gray, pidió que se declare la nulidad de la reunión del consejo del partido en el que se fijó la fecha de la renovación de autoridades y que, con esa medida, se suspenda el proceso.
El planteo de Gray discute la modalidad de la convocatoria del Consejo, que se realizó a través de la plataforma Zoom, donde se fijó la caducidad de los mandatos actuales, la fecha para los comicios y se acordó la conformación de una lista única.
Incluso sostuvo que es el Congreso y no el Consejo partidario el órgano que debe convocar a elecciones. Pero Ramos Padilla lo vio de una manera diferente. Dijo que la “manifiesta ilegalidad no aparece a primera vista configurada” y que lo que se cuestiona “es una decisión de índole partidaria”.
También desestimó que el Consejo no pueda convocar a elecciones, para lo cual se refirió al artículo 37, inciso ñ de la Carta Orgánica.
Allí se estipula que entre las facultades del Consejo Provincial está “convocar a elecciones internas de renovación de autoridades partidarias de conformidad con lo establecido en la presente Carta Orgánica”.
Fuentes cercanas a Fernando Gray le dijeron a Perfil que el intendente intenta defender la institucionalidad del partido, toda vez que restan siete meses para que terminen los mandatos otorgados por los afiliados.