Por tantas solicitudes de créditos a Tasa Cero, la página de la AFIP se cayó

Por tantas solicitudes de créditos a Tasa Cero, la página de la AFIP se cayó

Este lunes es el primer día para acceder a los Créditos a Tasa Cero para monotributistas y autónomos.


Este lunes por la mañana, miles de usuarios reportaron fallas en la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) durante el primer día para acceder a los Créditos a Tasa Cero para monotributistas y autónomos.

“Está caída la página AFIP. ¿Ganan fortunas y no pueden mantener una puta página?”; “Si saben que miles van a entrar al sitio por el crédito, ¿tan inoperantes son que en menos de una hora ya está caído?”, fueron algunas de las críticas en las redes sociales.

Cabe destacar que desde este lunes monotributistas y autónomos que cumplan con los requisitos estipulados por el gobierno podrán solicitar un crédito a tasa de interés cero de hasta 150 mil pesos, a través del Programa de Asistencia a la Producción y el Trabajo.

La devolución tendrá un período de gracia de 6 meses y será como mínimo en 12 cuotas fijas sin interés y como máximo en 18 cuotas, también fijas y sin interés.

El trámite, que solo se puede realizar desde la página del organismo, clickeando en Créditos Tasa Cero, y completando los requerimientos para acceder, siempre con clave fiscal, tuvo un accidentado inicio y desde la AFIP no pudieron contener las miles de demandas.

Será requisito para acceder al sistema mencionado, poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido conforme a lo previsto en la Resolución General N° 4.280. Los pequeños contribuyentes y los trabajadores autónomos susceptibles de obtener el beneficio de “Crédito a Tasa Cero” deberán:

a) Ingresar, entre los días 4 y 29 de mayo de 2020, ambos inclusive, al servicio denominado “Crédito Tasa Cero”.

b) El sistema le indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado.

c) Ingresar el importe del crédito que solicita.

d) Ingresar, en caso de poseer, el número de la tarjeta de crédito bancaria a ser utilizada para esta operatoria.

e) En caso de no poseer tarjeta de crédito bancaria, informar la entidad bancaria de su elección para la tramitación del crédito correspondiente.

En caso de no resultar procedente, el sistema indicará al contribuyente los motivos por los cuales se deniega la solicitud.

Efectuado el otorgamiento del crédito por parte de la entidad bancaria, ésta adicionará, a cada una de las cuotas de desembolso, el monto equivalente a las obligaciones de tres períodos fiscales consecutivos -3 cuotas-.

La entidad bancaria realizará, en el mismo momento del desembolso de la cuota del crédito, el pago del “Volante Electrónico de Pago” correspondiente a cada uno de los períodos fiscales, en nombre del contribuyente. Aquellos sujetos adheridos al débito automático deberán solicitar un stop debit por los períodos fiscales que se cancelen con esta modalidad.

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