El Ministerio del Interior y Transporte presentó un pedido ante el Ministerio de Trabajo para que “se declaren ilegítimas e irregulares las medidas de acción directa adoptadas por el cuerpo de delegados de la Comisión de Reclamos de la Línea Sarmiento de la Unión Ferroviaria”.
En una nota presentada ante la cartera laboral, los representantes de Interior y Transporte sostienen que “el trabajo a reglamento o quite de colaboración son medidas que disminuyen el ritmo normal de la prestación laboral bajo la apariencia del cumplimiento de las obligaciones del contrato de trabajo”.
El texto se subraya que “la doctrina y jurisprudencia mayoritaria consideran estas acciones como un ejercicio abusivo del derecho de huelga”.
La misiva sostiene que “estas medidas constituyen una violación al deber genérico de conducta (art. 62 Ley de Contrato de Trabajo) y de buena fe que debe primar en las relaciones laborales (art. 63 LCT)”, e incluso “se ha entendido que constituyen una violación lisa y llana de expresas garantías constitucionales consagradas en los arts. 14 y 17 de la ley suprema”.
Se alega que “el quite y retracción de colaboración no configuran huelga, sino una medida de acción directa no prevista, ni garantizada por nuestro ordenamiento positivo, y que por lo tanto, resulta ilegítima” según la jurisprudencia que se cita en la carta.
Por otra parte, se señala que la notificación que la Asamblea de Delegados efectuó, utilizando el membrete de la Unión Ferroviaria “ha sido enviado a esta parte informando medidas genéricas, sin explicación concreta en cuanto a los argumentos jurídicos que las hagan atendibles, ni fundamentos que avalen la legitimación del presentante para efectuar tales reclamos”.
Finalmente, la misiva señala que “todos los ciudadanos usuarios del servicio ferroviario tienen el derecho de uso y goce de este servicio público y toda vez que a la fecha el servicio se encuentra gravemente afectado por las ilegítimas medidas adoptadas”, por lo que “se solicita su inmediata intervención”.