Santiago Cúneo puso a Julio de Vido en su lista electoral

Santiago Cúneo puso a Julio de Vido en su lista electoral

El exfuncionario se encuentra preso, desde hace dos años, en el penal de Marcos Paz.


El periodista y conductor Santiago Cúneo incluyó en la misma lista al exministro de Planificación, Julio De Vido, y a su esposa Alessandra Minnicelli como candidatos a diputados nacionales, mientras que él la encabeza para  competir por la gobernación de la provincia de Buenos Aires.

Se trata de una elección que fue cuestionada por la situación procesal del exfuncionario. En este caso, cabe recordar que De Vido fue arrestado el 26 de octubre del 2017 por decisión del juez federal Luis Rodríguez, y se encuentra entonces arrestado hace dos años en el penal de Marcos Paz.

Minicelli maneja desde entonces las redes sociales del exfuncionario kirchnerista y las usó en reiteradas ocasiones para defenderlo. En esta oportunidad, las empleó para publicar un breve texto con el título: “Algunas cosas que me importan y que quiero contarles en el que justifica su candidatura”.

Minicelli basó sus argumentos al basarse en el artículo 37 de la Constitución Nacional. El mismo establece que: “Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia. El sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio. La igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral”. “Ejercer derechos electorales, significa poder elegir y poder ser elegido”, arrancó la esposa de De Vido.

“Todas las causales o inhabilidades que impiden ejercer los derechos electorales deben estar expresamente previstas en la Constitución y en las leyes y se aplican con criterio restrictivo”, agregó.

Además de la Constitución Nacional, Minnicelli aludió a otras reglamentaciones internacionales: “El alojamiento carcelario o la prisión preventiva, es decir, los detenidos sin condena firme (Art. 37 CN) pueden elegir y ser elegidos. La democracia representativa, los principios de igualdad e inocencia, armonizan con este criterio, al igual que los Pactos Internacionales (Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, art. 23.2) y los antecedentes jurisprudenciales de nuestro país”.

“En medio del espionaje ilegal, del armado de causas y del quiebre de los procedimientos legales, un Poder Judicial independiente no se puede dejar arrastrar por persecuciones judiciales que busquen neutralizar las posibilidades electorales de un candidato y debe asegurar el goce de los derechos electorales para asegurar los cimientos de la democracia”, cerró la también candidata a diputada de la lista de Cuneo.

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