Sentencian a jóvenes a tres años de prisión en suspenso por “odio hacia la orientación sexual”

Sentencian a jóvenes a tres años de prisión en suspenso por “odio hacia la orientación sexual”

Es la primera vez que se aplica la figura en un caso judicial.

El lugar donde siete jóvenes golpearon gravemente a una persona por ser gay.

Un grupo de siete jóvenes reconoció haber golpeado gravemente a otro joven porque era gay y por eso deberán realizar tareas comunitarias en instituciones que bregan por los derechos de la comunidad LGBTI. En un juicio abreviado, la fiscalía acordó una pena de tres años de prisión en suspenso por “lesiones graves calificadas por haber sido cometidas con odio hacia la orientación sexual” y tareas comunitarias en el Bachillerato Popular Trans Mocha Celis, en la Casa Trans y en el Servicio de Endocrinología del Hospital Fernández. Es la primera pena que incluye la figura de “odio hacia la orientación sexual” como agravante.

El episodio ocurrió el 1° de diciembre de 2017, cerca de las 6.30, en el local de comida rápida McDonald’s ubicado sobre la avenida Córdoba al 3800. Allí estaba Jonathan Castellari, de 26 años, junto a un amigo hasta que ingresaron al local los siete imputados, Gastón Trotta, Alejandro Trotta, Rodrigo Cardozo, Juan Ignacio Olivieri, Facundo Curto, Juan Bautista Antolini y Jonathan Romero.

Luego de una breve discusión, el grupo comenzó a agredir a Jonathan por su orientación sexual. Lo golpearon hasta que otro joven logró distraer al grupo y ambos pudieron salir corriendo. El joven golpeado fue trasladado al Sanatorio Güemes, donde le diagnosticaron traumatismos en ambos ojos –con fractura de piso y cara interna de la órbita derecha–, rotura y fisura de los dientes centrales, distensión muscular y hematomas y lastimaduras por todo el cuerpo. Luego de este episodio, Jonathan comenzó a sufrir ataques de pánico, lo que lo obligó a someterse a un tratamiento psiquiátrico y psicológico.

El gerente de McDonald’s y una empleada relataron cómo fue la agresión. Dijeron que los agresores insultaban a Castellari por ser gay, algo que en un principio los atacantes negaron. El descargo de los siete imputados fue desmentido también por una filmación donde se ve parte de la agresión y el audio de uno de los llamados al 911 en donde una mujer asegura que “vinieron unos chicos alcoholizados y golpearon a dos chicos gay y uno estaba con el ojo grave”.

Finalmente, a través de un acuerdo de juicio abreviado firmado con la fiscalía, los siete procesados aceptaron su responsabilidad en la agresión y acordaron con el fiscal Fernando Fiszer una pena de tres años de prisión en suspenso por haber cometido el delito de “lesiones graves calificadas por haber sido cometidas con odio hacia la orientación sexual”. Ahora, la jueza María Cristina Bértola, del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°16 deberá evaluar si homologa el acuerdo que incluye la realización de tareas comunitarias.

“Los actos de violencia contra las personas LGBT, comúnmente conocidos como crímenes de odio, actos homofóbicos o transfóbicos, se comprenden mejor bajo el concepto de violencia por prejuicio contra las orientaciones sexuales y las identidades de género no normativas”, sostuvieron las fiscales María Paula Asaro y Mariela Labozzetta, a cargo de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), que solicitaron la elevación a juicio. Según las fiscales, este tipo de violencia contra un grupo social específico, como las personas LGBT, tienen un impacto simbólico porque envían “un mensaje de terror generalizado a toda la comunidad”.

Además de la pena a tres años de prisión en suspenso, que es la primera que contempla el agravante por odio a la orientación sexual, el fiscal pidió 96 horas de trabajo no remunerados. Además, requirió que se disponga la concurrencia de todos ellos al curso sobre Discriminación y Derechos dictado por el Inadi.

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