Sobreseyeron a Macri y Piccardo por los malos tratos de la ex UCEP

Sobreseyeron a Macri y Piccardo por los malos tratos de la ex UCEP

El juez de instrucción penal Facundo Cubas sobreseyó a Mauricio Macri y Juan Pablo Piccardo por la causa en la que estaban acusados por la creación de la ex Unidad de Control de Espacios Públicos.


El jefe de gobierno porteño, Mauricio Macri, fue sobreseído en la causa en la que estaba acusado por la creación de la ex Unidad de Control de Espacios Públicos (UCEP), un organismo ya disuelto que solía desalojar a indigentes en situación de calle por la fuerza.

En la misma resolución, firmada por el juez de instrucción penal Facundo Cubas, fue sobreseído el ex ministro de Espacio Público Juan Pablo Piccardo, pero resultaron procesados varios de los integrantes de la UCEP.
Macri estaba acusado por 17 casos de violencia en los operativos de desalojo y recuperación de lugares públicos -plazas, calles, bajos de autopista- de personas en situación de calle que pernoctaban allí.

Según el fallo, de 197 páginas y al que tuvo acceso la agencia DyN, Macri y Piccardo estaban imputados por presuntamente “haber intervenido -desde sus respectivos roles en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- en la creación, implementación y actuación de un grupo de personas organizadas desde el estado local cuyo objetivo central era mantener libre de usurpadores el espacio público”.

Ello, “aún mediante la intimidación, el uso ilegítimo de la fuerza y la sustracción de elementos de valor, con la finalidad de obligar a numerosas personas en situación de calle a abandonar y no regresar a los lugares públicos donde pernoctaban”.

Según determinó el juez Cubas, “dos eran los objetivos que encomendó aquél, como Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el dictado del decreto 1232/08 a la Unidad de Control del Espacio Público: mantener el espacio público libre de usurpadores y colaborar en el decomiso y secuestro de elementos, materiales y mercaderías acopiadas ilegalmente”.

Cubas opinó que “utilizar el término ‘usurpadores’ fue un error, pues generó confusión con el delito previsto en el Código Penal. Más aún si el organismo no tenía las facultades específicas ni relación con la administración de justicia, como se reconoció”.

Pero “a pesar del término usurpadores, la norma prescribía que las vías para mantener el espacio público libre eran la persuasión y la difusión de la normativa vigente y las sanciones correspondientes”.

“Se estipulaba claramente cuáles eran las herramientas para lograr el propósito y, por lo menos desde lo formal, no puede efectuarse crítica a los medios habilitados”, opinó el juez al sobreseer al jefe de gobierno y a su ministro de Espacio Público.

“La cuestión central radica entonces en establecer si el Jefe de Gobierno y su entonces Ministro, brindaron directivas para que su aplicación fuera la que efectivamente pudo comprobarse o intervinieron directamente en la conformación del grupo y en los parámetros de su actuación. Ambas respuestas resultan negativas”, resumió el juez.

No obstante, el juez procesó a los integrantes de la ex UCEP por los delitos de “abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público” y a otros también por “lesiones leves”.

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