Solo Vamos Juntos aprobó el nuevo régimen para la venta de inmuebles

Solo Vamos Juntos aprobó el nuevo régimen para la venta de inmuebles

Los radicales de Martín Lousteau no votaron a favor del proyecto que regirá para todo el ámbito público de la Ciudad. Los detalles.


Otro tema que fue criticado por la oposición y también por aliados del Pro, lo que terminó provocando modificaciones en el texto original, fue aprobado en la sesión de este jueves. El dato saliente de la jornada fue que los radicales de Evolución no votaron a favor del proyecto, todo un dato, si se tiene en cuenta que desde la campaña electoral los radicales son aliados de Vamos Juntos en la Ciudad. 

Un nuevo régimen para la disposición de bienes inmuebles en el sector público de la Ciudad fue sancionado este jueves por los diputados porteños, por iniciativa de la Jefatura de Gobierno.

Como reza su artículo primero, la nueva ley tiene “el objeto de establecer los lineamientos básicos a observar en los procedimientos aplicables a los actos de disposición de bienes inmuebles de dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entendiéndose por tales aquellos que impliquen la constitución de un derecho real en los términos del Libro IV del Código Civil y Comercial de la Nación”.

Su ámbito de aplicación será todo el sector público, incluyendo la Administración Central, entes descentralizados, entidades autárquicas y cualquier otra que pudiera depender del Poder Ejecutivo y las Comunas; más los poderes Legislativo y Judicial; los órganos de la Constitución local; empresas y sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y otras donde la CABA tenga mayoría de capital o de decisiones.

Los únicos exceptuados son el Instituto de Vivienda de la Ciudad y la Corporación Buenos Aires Sur S.E., por la índole de sus funciones.

El régimen creado fija los principios generales (de libre competencia, concurrencia e igualdad, de legalidad, publicidad y difusión, transparencia, razonabilidad, eficiencia y uso de tecnología para permitir la participación real de la comunidad). Luego, el nuevo reglamento especifica y detalla las normas de procedimiento “desde el inicio de las actuaciones y hasta la finalización”.

Para la venta de inmuebles públicos, la repartición enajenante deberá establecer alguna de las siguientes modalidades: subasta pública; licitación pública; concurso público; disposición directa; venta con prioridad de compra.

“Por regla general, el procedimiento aplicable será el de subasta pública. La elección de otro procedimiento deberá estar debidamente fundada, ponderándose las características del bien inmueble, el monto estimado de la operación, las condiciones de comercialización y el interés público que represente la operación”, ordena la ley.

La iniciativa llegó al recinto con despacho de la comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria, que preside Paula Villalba (VJ), quien explicó los alcances de la norma. Hablaron luego los diputados Paula Penacca (UC), Ma. Rosa Muiños (BP), Inés Gorbea (Ev), Sergio Abrevaya (Gen), Laura Marrone y Gabriel Solano (FIT), Marta Martínez (AyL).

Se sancionó con 33 votos positivos del bloque VJ, 13 negativos de UC, BO e izquierdas y 9 abstenciones del resto de los presentes.

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