El desalojo del predio ubicado en la avenida Rivadavia al 9300 donde se encuentran alojadas unas veinte familias fue suspendido este lunes, luego de celebrarse una audiencia ante el titular del juzgado N° 10 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, Aurelio Ammirato, en donde los ocupantes y el Gobierno acordaron una serie de medidas para concretar el desalojo garantizando la relocalización de los grupos familiares.
En la audiencia convocada p con el objeto de acordar mecanismos para dar cumplimiento a la liberación del predio bajo la autopista Perito Moreno por encontrarse en riesgo la salud, la integridad e incluso la vida de sus ocupantes, los impulsores de una acción de amparo habitacional solicitaron “la suspensión” del desalojo establecido para este lunes, “a los fines de contar con el plazo mínimo necesario para la reubicación de las personas con resguardo del derecho a la vivienda sin que ello afecte la escolaridad de los menores”.
Según consta en el acta de la audiencia, el Gobierno de la Ciudad ofreció “trabajar con la Dirección General de Reciclado para que los actores se incorporen al sistema”, en el caso que sean reubicadas las familias” garantizar el traslado escolar para los menores a cuyo fin será necesario que los actores proporcionen la nómina de los menores con indicación de la sede escolar a la que concurren”, y “trabajar con el Ministerio de Desarrollo Social a fin de buscar alternativas superadoras de los ofrecimientos económicos efectuados en autos en materia de asistencia habitacional”.
Ante lo solicitado por los ocupantes y lo ofrecido por el Gobierno porteño, el juez Aurelio Ammirato resolvió “suspender el operativo dispuesto para el día de hoy” y estableció una prórroga de un mes para avanzar en la liberación del predio. De acuerdo a lo dispuesto, el magistrado estableció una nueva audiencia para el día 7 de agosto de 2014 a las 9.30 horas “a efectos de relevar los avances alcanzados hasta ese momento en orden a la relocalización de los grupos familiares y determinar las medidas remanentes que pudiesen resultar necesarias y establecer la fecha cierta para el retiro total de las personas si alguna permaneciera aún en el lugar en ese fecha”.