Telegrama para el Correo Argentino: el Gobierno anunció que se privatiza

Telegrama para el Correo Argentino: el Gobierno anunció que se privatiza

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, explicó los detalles.


El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anticipó que la intención del Gobierno de Javier Milei es la privatización de la empresa Correo Argentino, luego de que el domingo se anunciara la desregulación total del sistema de correo postal.

“En el caso del Correo es evidente, por ejemplo, en encomiendas tiene solo un 17% de participación del mercado por lo que queda clarísimo que es una actividad que puede hacer el sector privado. Se privatizará, o se concesionará, o se transferirá a los empleados, cualquiera de las formas en que pueda hacerse”, dijo Sturzenegger.

Sin embargo, en este caso, se trata de una de las compañías que quedaron fuera de las que quedaron como “sujetas a privatización” dentro de la Ley Ómnibus.

“La verdad es que en esta gestión ha habido un cambio bastante significativo, ha bajado de 16.000 empleados a unos 12.000, sin afectar verdaderamente la calidad del servicio que presta. Habla un poco del dislate que heredamos del Gobierno anterior. Ha dejado pérdidas, la voluntad de esta gestión es avanzar en la privatización de todas las empresas públicas”, agregó.

El ministro explicó que el servicio de recuento electoral seguirá en manos de Correo Argentino, según consigna el decreto 1005/2024 que oficializa la desregulación completa del servicio postal.

En cuanto a la última medida tomada, Sturzenegger resaltó: “Va a ser muy importante esto porque el comercio está migrando a una modalidad más online. Hay miles de pymes que están llegando directamente a sus consumidores y para eso tienen que tener una manera muy ágil de conectar su producción y su venta a clientes”.

El funcionario contó además que se permitirá a las empresas que se sumen al mercado dedicarse a la entrega de cartas documento. “Nosotros ampliamos las libertades, permitimos que existan negocios, o sea, sacamos al Estado del medio. Ahora el desafío es que las empresas privadas, incluso el Correo Argentino, empiecen a desarrollar estos servicios. Es una cuestión del sector privado que pueda recoger el guante”, mencionó.

“Lo que sí hay ciertas restricciones de verificación de identidad que tienen que estar determinadas y satisfechas en una comunicación fehaciente. Lo que nosotros hemos dicho es que esa verificación de identidad se puede hacer de manera remota. Entonces esperemos que las otras empresas de correos, y repito, incluso Correo Argentino, puedan ofrecerte enviar un telegrama desde tu casa, que te puedan ofrecer hacer una carta de documentos desde tu casa”, mencionó.

Las principales modificaciones de la norma que se oficializó este lunes están relacionadas con la inscripción de los operadores postales, la dotación de personal, la modalidad de los servicios, y la posibilidad de cualquier empresa de enviar cartas documento, telegramas y demás comunicación fehacientes.

Según detallaron desde el Gobierno, el objetivo de la iniciativa es facilitar el registro de nuevas empresas y sumar competencia a un sector al que se lo definió sobrerregulado. También, eliminar “todos los vestigios de predominio postal y las exclusividades otorgadas a empresas de correo estatales referidas al envío de cartas documento, de telegramas y encomiendas de hasta 50 kilos, al abrir la competencia y facilitar el acceso de otros operadores”.

A partir de ahora, para ser operador postal las personas jurídicas deberán inscribirse ante la autoridad de aplicación de manera “simple, electrónica, gratuita y declarativa”. Se busca que haya más empresas de correos para, entre otras cosas, bajar precios y costos.

En línea con el decreto, los principales objetivos de esta decisión son “fomentar la transparencia, simplificación, digitalización y mayor seguridad del servicio”. La reforma, que se trabajó en forma conjunta entre el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología, incluye modificaciones de decretos anteriores y derogaciones de resoluciones de la Comisión Nacional de Correos y Telégrafos, de la Comisión Nacional de Comunicaciones y de la Secretaría de Innovación Pública.

La desregulación

Con el objetivo de continuar promoviendo la libre competencia y la eliminación de decisiones burocráticas que restringen la oferta de bienes y servicios, el Gobierno desreguló el servicio de correos y operadores postales, al establecer nuevos lineamientos para el ejercicio de su actividad.

Los objetivos del decreto 1005/24, que se publicó hoy en el Boletín Oficial, son fomentar la transparencia, simplificación, digitalización y mayor seguridad del servicio. Esta importante reforma se trabajó en forma conjunta entre el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la Nación.

Para ser operador postal las personas jurídicas deberán inscribirse ante la autoridad de aplicación de manera simple, electrónica, gratuita y declarativa. La inscripción se realizará una sola vez al inicio de la actividad y podrán iniciar automáticamente sus actividades a partir de los 5 días desde la fecha de su inscripción. Dicha inscripción constituirá habilitación suficiente para desarrollar la actividad.

Los operadores postales que desarrollen actividades en el mercado postal local e internacional podrán fijar con total libertad la dotación de personal, la modalidad, los tipos de servicios prestados, los equipos, medios de transporte y locales que requieran para su actividad.

Van a poder brindar cartas documentos, telegramas, comunicaciones fehacientes y giros postales.

Se habilita que los ejemplares y la constancia de entrega al destinatarios del telegrama y carta documento sean en formato digital, al igual que el respaldo. A su vez, la verificación de identidad se podrá realizar vía RENAPER u otros medios de verificación remota.

Esta medida modifica el Decreto N° 1187, junto con la derogación del Decreto N° 151/74 y las Resoluciones Nros. 7/96 y 3123/97 de la Comisión Nacional de Correos y Telégrafos, las Resoluciones Nros. 491/98, 3252/04, 1811/05 y 604/11 de la Comisión Nacional de Comunicaciones, las Resoluciones Nros. 109/20 y 1167/21 de la Secretaría de Innovación Pública.

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