Hasta tanto se defina su situación procesal, la oposición presentó formalmente un proyecto de resolución para “suspender en sus funciones” como titular del ese Cuerpo legislativo al vicepresidente de la Nación, hasta tanto se defina su situación procesal. El miércoles se retiró del recinto al notar la presencia del funcionario con la visita del jefe de Gabinete.
El proyecto, que cuenta con tres páginas de fundamentos dividida en 18 puntos, establece “suspender en sus funciones al señor Amado Boudou en su calidad y prerrogativas de presidente de la Honorable Cámara de Senadores de la Nación, en aplicación al artículo 66 de la Constitución Nacional, hasta tanto pase en autoridad de cosa juzgada la causa Nro. 1302/12 caratulada ‘Amado Boudou y otro s/cohecho y negociaciones incompatibles“.
El proyecto lleva las firmas de los senadores Rubén Giustiniani (PS), Gerardo Morales (UCR), Adolfo Rodríguez Saá (Compromiso Federal), Gabriela Michetti (PRO), Oscar Castillo (Frente Cívico de Catamarca) y Fernando Solanas (Proyecto Sur).
En los fundamentos, los opositores ponen como antecedente de este tipo de sanciones el caso del ex senador PJ de San Luis Raúl Ochoa (acusado por haber votado dos veces en una elección), ocurrida el 11 de mayo de 2005, cuando el Senado suspendió “por desorden de conducta, sin goce de haberes, en aplicación del artículo 66 de la CN”, aunque el legislador “no tenía aún una sentencia condenatoria firme”.
Recuerdan, además, que “en este precedente la suspensión reconoce un alcance sancionatorio tal como lo argumentaba en aquel entonces la presidenta de la comisión de Asuntos Constitucionales, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, atendiendo al texto del dictamen, que se aprueba sin modificaciones“.
Y añaden, que los legisladores “Marcelo Guinle, Jorge Yoma, Vilma Ibarra y Carlos Prades (los tres primeros oficialistas y el cuarto radical) indicaban, con respecto a la naturaleza de la suspensión propuesta, que la misma guarda relación con una medida precautoria índole jurisdiccional, que no necesariamente implica una sanción”.
Y rescataron que la Carta Magna “confiere al Senado” en el mismo artículo “poder disciplinario” y que cada Cámara legislativa “hará su reglamento y podrá con dos tercios de votos corregir a cualquiera de sus miembros”.