Ya rige la veda electoral

Ya rige la veda electoral

Desde las 8 están prohibidos los actos públicos de proselitismo y difundir encuestas, entre otras cosas. Cuáles son las prohibiciones que establece el Código Electoral.


Rige desde las 8 en todo el país, ya que el domingo se votará en Primarias Abiertas y Simultáneas a los candidatos a presidente de los distintos partidos y a los aspirantes a legisladores para octubre. Además, habrá provincias que elegirán gobernador.

Qué dice el Código Electoral

Con el fin de asegurar el normal desarrollo de los comicios, el Código Electoral Nacional establece la prohibición de realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales. También está prohibida la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector.

Además, durante el acto electoral y hasta tres horas después de su finalización se prohíben los espectáculos populares al aire libre como en recintos cerrados. Las fiestas teatrales y deportivas.
Toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.

Al igual que en otras elecciones, se suspenderá el expendio de bebidas alcohólicas a partir de las 0 del domingo, que es la hora en que también se corta cualquier tipo de actividad pública y masiva. En bares o restaurantes tampoco se pueden vender alcohol.

Asimismo, los ciudadanos que no la respeten podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta.

El domingo, los más de 32 millones de electores habilitados elegirán los candidatos que competirán el 25 de octubre para cargos nacionales. Pero los electores se encontrarán con dos boletas extras, ya que se elegirán 19 diputados del Mercosur por el distrito nacional y a 24 parlamentarios por las provincias y la ciudad de Buenos Aires, tal como fue aprobado por el Senado el 29 de diciembre del año pasado.

Cabe recordar que pueden votar aquellos ciudadanos que cumplan 16 años de edad hasta el día de los comicios generales en octubre, es decir que en las primarias lo podrán hacer aquellos jóvenes que tengan 15 años y que cumplan sus 16 hasta el mismo día de los comicios generales. Los documentos habilitantes son Libreta de enrolamiento/Libreta Cívica; DNI libreta verde, DNI libreta celeste, Tarjeta del DNI libreta celeste, y Nuevo DNI tarjeta.

Te puede interesar

Qué se dice del tema...