La Ley N°1854 de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, conocida como Ley Basura Cero, se encuentra en plena vigencia y está reglamentada desde mayo de 2007.
Así, es una obligación del Gobierno y de los funcionarios que lo integran cumplir con todos y cada uno de los artículos de la misma.
Ahora bien, lo que se observa es un incumplimiento de esta obligación. Sólo a modo de ejemplo, relatamos los siguientes incumplimientos: El Gobierno decidió dejar de convocar la Comisión de Seguimiento hasta hace una semana; decidió abandonar la campaña de educación ambiental para cumplir con la separación en origen y la cambió por otra que sólo promueve la limpieza; detuvo la instalación de contenedores en la vía pública impidiendo que los vecinos que quieren cumplir con la ley puedan hacerlo; decidió dejar de reducir la cantidad de residuos que se envían a relleno sanitario aumentando el índice de crecimiento del envío de los mismos al no promover mayores y mejores estrategias de separación, reciclado y disposición final.
La pregunta es: ¿no debería intervenir la justicia de oficio ante tal flagrante incumplimiento para aplicarles alguna sanción a los funcionarios responsables?, ¿no debería realizarse desde la justicia un seguimiento de la aplicación de normativas como ésta para poder vigilar su cumplimiento?, ¿no deberían existir tribunales ambientales capacitados y específicos velar por la aplicación de estas leyes y garantizar a los ciudadanos el
derecho a un ambiente sano?