Católicas por el derecho a decidir

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El fallo de la Corte Suprema que se firmará hoy, según diversas fuentes periodísticas, busca evitar que las mujeres víctimas de violación que resultan embarazadas y reclaman su derecho a interrumpir esa gestación forzada sean judicializadas para obtener una autorización a su pedido, que la ley vigente no exige pero que de hecho se impone como requisito en hospitales públicos para realizar ese aborto no punible.

Esperamos que al confirmarse este fallo se logre zanjar las diferencias de interpretación sobre los alcances del artículo 86, que aún conserva la redacción de cuando se aprobó el Código Penal en 1921.

CATOLICAS POR EL DERECHO A DECIDIR junto a CLADEM E INSGENAR, co-peticionarias en un caso similar: LMR c. Argentina, que fuera presentado el 25 de mayo de 2007 ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas y que obtuviera resolución favorable en marzo de 2011, nos presentamos en calidad de Amigos del Tribunal pidiendo la confirmación del fallo dictado por el Superior Tribunal de Justicia de Chubut que contiene una interpretación amplia de las causales del art. 86 y la constitucionalidad del mismo expresando que “la repetición de los casos que han tomado estado público con evidente vulneración de los derechos de las mujeres, mayoritariamente jóvenes y pobres, hace que la resolución de este caso se presente como una oportunidad de achicar la brecha entre el derecho y su disfrute”.

Esperamos leer en el transcurso del día este gran paso de la Corte Suprema. Ahora solamente queda habilitado para debatir en el Parlamento la despenalización y legalización del aborto por decisión de la mujer en la primeras doce semanas del proceso gestacional.

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