Mientras se estaba tratando un proyecto de protocolo para la atención de abortos no punibles en la comisión de Salud, el ahora ex ministro de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, Jorge Lemus, impuso el pasado 6 de septiembre, sin el menor respeto por el proceso democrático que se estaba desarrollando, una resolución que regulaba la atención de este tipo de procedimiento, claramente más restrictivo que lo establecido por la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que se había expedido al respecto. Dos días después tuvo que renunciar por la presión ejercida por los cuerpos médicos municipales pero la resolución quedó vigente.
El 28 de septiembre de 2012 la Legislatura aprobó en una extensa sesión por 30 votos contra 29 la ley que regularía la atención de los abortos permitidos por el art. 86 inc. 1 y 2 del Código Penal desde 1920.
Sin embargo y, otra vez menoscabando la decisión democrática, el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Mauricio Macri, veta el 5 de octubre esa ley e informa, a través de un comunicado que “queda vigente la resolución 1252 del Ministerio de Salud porteño, publicada el 6 de septiembre último en el Boletín Oficial, que estableció el procedimiento aplicable para la asistencia sanitaria de prácticas de aborto no punibles en la Ciudad”. Posteriormente, en conferencia de prensa, informa que se realizará un aborto no punible en el Hospital Ramos Mejía y en clara violación a la ley de protección de datos personales, la ley de derecho del paciente; la ley básica de salud de la ciudad y dado que estas anteriores violaciones configuran una situación de violencia institucional contemplada en la Ley N° 26.485 también la ley nacional de violencia contra las mujeres poniendo en riesgo la vida, la integridad física de la víctima y su salud psíquica y emocional.
Toda esta situación permite que el abogado Pedro Andereggen, de la Asociación Civil para la Promoción y Defensa de la Familia, una ong anti derechos, presente no una sino dos medidas cautelares, la primera rechazada el mismo viernes 5 de octubre por el titular del Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario Nº 14 de la Ciudad, Guillermo Scheibler, y confirmada por la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires por unanimidad, y la segunda ingresada de manera totalmente irregular dado que no fue presentada por la mesa de entradas para su sorteo sino directamente ante la jueza Rustán de Estrada como ella misma reconoce en su fallo que dio a lugar al recurso de amparo y por lo tanto suspende el procedimiento médico programado en el Hospital Ramos Mejía y en cualquier otro hospital de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por otra parte en una clara muestra de oportunismo político el Ministro de Salud de la Nación, Juan Luis Manzur, aprovecha para denunciar al Jefe de Gobierno ocultando que toda esta situación sería fácilmente evitable con su firma de la Resolución Ministerial que pondría en vigencia en todo el territorio nacional La Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles redactada en junio de 2010, poniendo fin a las duras batallas que se están llevando a cabo en cada una de las provincias con cada una de las gobernaciones para cumplimentar lo solicitado por el fallo de la CSJN.
Desde el Colectivo por la Igualdad y el PAF! (Iniciativa) Partido Feminista repudiamos el accionar de ambos funcionarios, tanto nacional como de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que a las claras muestran un completo desinterés por la vida y los derechos humanos de las mujeres únicas víctimas de estas irregularidades e irresponsabilidades priorizando sus más cínicos intereses políticos.
Esperamos que, por medio de las denuncias presentadas por legisladores y comuneros, la Justicia pueda demostrar que aún es digna de confianza y tome las medidas necesarias para sancionar a quienes no respetan las leyes del Estado democrático y sus procedimientos y exigimos la realización del aborto no punible inmediatamente.