Todos se opusieron a sanear la SIDE

Todos se opusieron a sanear la SIDE

El uso de los recursos debe ser (temporalmente) secreto, pero la asignación presupuestaria no. Los decretos reservados son plata negra.


Desde la denuncia sobre sobornos en el Senado (2000) hasta la muerte el fiscal Alberto Nisman (2015), nadie se ocupó de acabar con las irregularidades del sistema de inteligencia nacional.

La inquietud sólo aparece frene a un escándalo.

Siendo diputado, en 1998 presenté en la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley destinado a sanear la SIDE, evitando toda operación ilegal y la apropiación de fondos. El proyecto no fue aprobado.

Como Jefe de Gabinete, a comienzos de 2000 presenté el mismo proyecto al Presidente de la Nación, para que fuera impulsado por el Ejecutivo. No ocurrió así.

Insistí en 2001, presentándolo otra vez, ahora como senador. Y una vez más fue rechazado.

El proyecto preveía el siguiente mecanismo:

1. Fijar, para cada operación de la SIDE, un período durante el cual dicha operación fuera secreta.

2. Establecer para ese período un sistema contable en el cual deberían quedar asentados todos los ingresos y egresos aplicados a esa operación.

3. Levantar el secreto, una vez finalizado el período, exponiendo al conocimiento público los detalles de la operación y el balance contable.

Las objeciones a ese sistema fueron muchas. Se dijo:

Que el sistema podía impedir las labores de inteligencia. Esto es: que los espías debían tener piedra libre.

Que el espionaje requiere algunos secretos no perecederos. Esto es: que debe garantizarse impunidad.

Que obtener comprobantes de los gastos es imposible o inconveniente. Esto es: que a falta de una Factura A no hay ningún modo de comprobar un gasto de este tipo.

Que el registro en libros daría lugar a filtraciones, y que esas filtraciones podían frustrar operativos vitales. Esto es: que con el sistema actual no puede haber filtraciones.

De nada valió exhibir que tanto los Estados Unidos como Gran Bretaña tienen un sistema similar al propuesto.

Otra batalla perdida fue la relativa a los ingresos de la SIDE. No era (no es) admisible que el sistema de inteligencia reciba ingresos en negro. Un mecanismo habitual de transferirle dinero sigilosamente –que me negué a suscribir como Jefe de Gabinete- consistía (consiste) en transferir a la SIDE, mediante decretos reservados partidas que en el Presupuesto de la Nación tienen otros destino. Así, el presupuesto fija partidas para la educación o la salud pero el dinero iba a parar al espionaje.

En este caso se dijo que blanquear todos los ingresos de la SIDE violentaría el secreto. No es cierto. Lo que debe ser secreto (temporalmente) es el uso que se haga de los recursos; no su asignación presupuestaria.

Frustrada mi iniciativa, en 2001 se comenzó a tratar otro proyecto, mucho más amplio, que se convertiría en la Ley de Inteligencia. Esa ley representó un avance en cuanto a la organización y funcionamiento del sistema de inteligencia del Estado y, hasta cierto punto, permitió un control parlamentario. Sin embargo, no prohibió los fondos negros ni estableció un mecanismo para evitar la malversación.

Mientras se discutía el proyecto, la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia, sugirió la adopción de un sistema similar al de mi proyecto. Requería el registro de todas las erogaciones de los organismos del Sistema de Inteligencia de la Nación; ello sin afectar la debida reserva en actividades de que no admitieran la divulgación inmediata. La sugerencia no fue tenida en cuenta.

Una vez sancionada la ley, la Comisión de Seguimiento de la Convención Interamericana contra la Corrupción (CICC) destacó que los controles establecidos eran insuficientes.

La CICC, que fue ratificada por nuestro país mediante la Ley 24.759 de 1997, exige a los estados firmantes el “correcto, honorable y adecuado cumplimiento de las funciones públicas” con el fin de “asegurar la preservación y el uso adecuado de los recursos asignados a los funcionarios públicos en el desempeño de sus funciones” y de preservar “la confianza en la integridad de los funcionarios públicos y en la gestión pública”. La Comisión de Seguimiento está integrada por Organizaciones No Gubernamentales y asociaciones profesionales de nuestro país, bajo la coordinación del Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires.

Con posterioridad, la Oficina Anticorrupción remitió a la Comisión fotocopias de dos investigaciones, sobre graves delitos presuntamente cometidos por agentes de inteligencia. Esas investigaciones se habían originado en la Unidad Fiscal de Investigaciones Tributarias y de Contrabando (UFITCO), dependiente de la Procuración General de la Nación. Sin embargo, la investigación no había podido ir a fondo porque los ilícitos quedaban amparados por “la falta de controles efectivos” y la ausencia de requisitos para “el registro de los gastos”.

La Oficina subrayó que por la misma razón, se había dificultado la investigación de aquellos presuntos sobornos pagados en 2000 a senadores de la oposición a fin de que votaran favorablemente una ley.

También dijo que, “en otro hecho de enorme significación social e institucional, el del atentado contra la Asociación Mutual Israelita

Argentina (AMIA), las restricciones al acceso a la información de inteligencia impuestas al Poder Judicial repercutieron negativamente en la dilucidación del caso”.

La inteligencia es una necesidad de todo estado y, sin duda, hay en el sistema de inteligencia argentino profesionales competentes y honrados. Pero el sistema en sí está organizado para permitir toda clase de ilícitos y amparar a quienes los cometan.

No cabe generalizar pero, con excepciones, tanto quienes gobiernan como quienes tienen posibildad de gobernar se resisten a quedarse sin una cámara oscura desde la cual, aparte de proteger la seguridad del Estado, se puede realizar maniobras políticas indefendibles y disponer de dinero negro.

Esto no se resuelve cambiando de nombres sino sometiendo al sistema de inteligencia a un régimen que evite, precisamente, esas cosas.

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