Al menos lo son para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su sistema institucional.
Porque se comenzó casi de cero. Y al día de hoy tenemos un conjunto de normas jurídicamente sólidas e instituciones modernas que en conjunto comprenden al Sistema de la Ciudad Autónoma.
Hace veinte años saludamos el rumbo al archivo del viejo Concejo Deliberante Municipal, respetamos a muchos de sus concejales municipales, y generosamente olvidamos las malas prácticas que desprestigiaron a dicha asamblea municipal.
Ese 23 de diciembre de 1997 se sancionaba la Ley 1.- Fue la Ley de Erratas, porque el apremio en la Convención Constituyente de 1996, que consagró la autonomía porteña y definió sus instituciones, había dejado varias desprolijidades técnicas, como faltas de ortografía, errores en puntos y comas, puntuación y numeración, mayúsculas y minúsculas, además de sustituir “tercera edad” por “personas mayores”, y aclarar que “Jefe y Vicejefe son del Gobierno de la Ciudad” y no a secas Jefe y Vicejefe de la Ciudad.
Esa prueba inicial debió esperar más de un mes para su promulgación, que recién se firmó el 27 de enero de 1998 y fue publicada en el Boletin Oficial el 3 de febrero de 1998.
Otras tres leyes se sancionaron ese 23 de diciembre, entre ellas la creación de la Defensoría del Pueblo –ley 3- que también fue promulgada el 3 de febrero de 1998.
El próximo año será de conmemoración de los veinte años de la Autonomía de la Ciudad, de la instauración de un Poder Judicial porteño, un Poder Legislativo ciudadano y un vasto cuadro de institutos creados para servir a la sociedad porteña.
*Convencional constituyente, dos veces diputada de la CABA y dos mandatos Defensora del Pueblo de la Ciudad.