Publicado: 23/09/2026 UTC Nación Por: Redacción NU

Revés en la Corte: anulan un fallo del TSJ que beneficiaba al Gobierno porteño

La decisión se tomó en un amparo de la ACIJ por la falta de escuelas primarias de jornada completa en zonas desfavorecidas como Barracas, Pompeya y Soldati.
Revés en la Corte: anulan un fallo del TSJ que beneficiaba al Gobierno porteño
Redacción NU
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires que había modificado un fallo favorable a un reclamo por la falta de escuelas públicas de jornada completa en zonas de mayor vulnerabilidad social. El máximo tribunal consideró que la resolución porteña no tenía “la mínima concordancia lógica y argumental requerida” entre los votos de sus integrantes y ordenó dictar una nueva sentencia siguiendo los criterios establecidos por la Corte. La causa se originó en un amparo presentado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) contra el Gobierno porteño.

El reclamo planteó la existencia de una situación de discriminación estructural y una vulneración del derecho a una educación pública equitativa en los Distritos Escolares 5, 19 y 21, correspondientes a sectores como Barracas, Nueva Pompeya, Villa Soldati, Villa Lugano y Villa Riachuelo. La organización sostuvo que en esas zonas, donde reside una población socioeconómicamente vulnerable, existe una oferta insuficiente de escuelas primarias estatales con jornada completa y reclamó la creación de nuevos establecimientos. El Gobierno de la Ciudad rechazó el planteo y argumentó que la planificación educativa y la infraestructura escolar forman parte de su margen de decisión técnica y presupuestaria.

En primera instancia, la Justicia había ordenado a la administración porteña desarrollar un programa para que al menos el 30% de las escuelas del Distrito Escolar 21 funcionaran con jornada completa, en línea con lo establecido por la Ley 26.075. Además, había exhortado a implementar políticas destinadas a equiparar la oferta de doble jornada en los distritos involucrados. La Cámara de Apelaciones confirmó la condena respecto del Distrito Escolar 21 y solicitó también al Gobierno porteño la presentación de un programa para extender la jornada completa en los Distritos 5 y 19.

El Tribunal Superior de Justicia porteño, sin embargo, admitió la queja de ACIJ, rechazó su recurso de inconstitucionalidad y modificó el alcance de la condena. La mayoría integrada por Inés Weinberg, Ana María Conde y José Osvaldo Casás se limitó a exhortar al Gobierno porteño, sin carácter vinculante, a impulsar políticas de jornada ampliada. En disidencia votaron Luis Lozano y Alicia Ruiz. La Corte Suprema intervino posteriormente y cuestionó la forma en que se construyó la mayoría que sostuvo aquella resolución.

En su decisión, los jueces Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, con coincidencias sustanciales de Ricardo Lorenzetti, señalaron que una sentencia debe constituir una “unidad lógico-jurídica” y que, en los tribunales colegiados, no puede ser considerada una simple suma de opiniones individuales. Según el máximo tribunal, debe existir un acuerdo mayoritario sobre las razones centrales que sustentan la decisión. “La ausencia de coincidencia sustancial de fundamentos por la mayoría absoluta de las opiniones vacía la decisión de toda fundamentación”, sostuvo el fallo. Lorenzetti, por su parte, señaló que en este caso los integrantes del tribunal “no se trata de que no coinciden los argumentos, sino que resuelven aspectos diferentes”.

Con esos argumentos, la Corte concluyó que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad “no ha dado cumplimiento con las exigencias antedichas”. El máximo tribunal sostuvo que existía una “mayoría aparente”, debido a que los votos no guardaban la concordancia lógica y argumental necesaria, y remarcó que las opiniones de los jueces de un tribunal colegiado deben confluir en un conjunto de razones comunes que permitan identificar la voluntad del órgano como tal. Por ese motivo, anuló la resolución cuestionada y ordenó al Tribunal Superior porteño dictar un nuevo fallo que respete los lineamientos establecidos.

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