Publicado: 13/10/2003 UTC General Por: Redacción NU

Prohibido acosar

De prosperar un proyecto presentado por la diputada Delia Bisutti (ARI), se prohibirá y sancionará el acoso sexual en el ámbito de las relaciones laborales pertenecientes a la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires. Esta iniciativa se fundamenta en la necesidad de dictar normas conformes a la legislación nacional y tratados internacionales, a fin de asegurar a las mujeres el acceso equitativo al empleo y a los recursos productivos, y velen por la igualdad de oportunidades y de trato en materia de condiciones laborales y de remuneraciones, como también sus posibilidades de desarrollo en el campo laboral. Hace cinco meses el legislador Mario "Pacho" O'Donnell había presentado un proyecto de ley para que se incluya dentro del Código Contravencional la figura del "acoso moral"
Prohibido acosar
Redacción NU
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La diputada porteña Delia Bisutti (ARI) presentó un proyecto de ley por el cual se prohíbe y sanciona el acoso sexual en el ámbito de las relaciones laborales pertenecientes a la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. "Se considera empleado a todas aquellas personas cuya designación se origina en un acto administrativo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial, o de la administración pública centralizada o descentralizada, entidades autárquicas, empresas del Estado, sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta, servicios de cuentas especiales, bancos oficiales, obras sociales y comunas, cualquiera fuera su forma u origen", se explica en la propuesta.

Bisutti fundamentó que "que en virtud de la legislación nacional y de los tratados internacionales a los que adhirió nuestro país corresponde la implementación de políticas nacionales que aseguren a las mujeres el acceso equitativo al empleo y a los recursos productivos, y que velen por la igualdad de oportunidades y de trato en materia de condiciones laborales y de remuneraciones, como también sus posibilidades de desarrollo en el campo laboral".

Según el proyecto "se entiende por acoso sexual el accionar de los funcionarios y/o empleados públicos que, valiéndose de su posición jerárquica o de circunstancias vinculadas con su función, incurran en conductas que tengan por objeto cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado por la persona a quien va dirigido, requerimiento de favores sexuales y cualquier otra conducta verbal o física de naturaleza sexual".

Se consideran los casos en los que el sometimiento a este tipo de conductas sea condición para la obtención de un empleo, cuando el rechazo de la misma sea motivo de decisiones que afecten al trabajo de la víctima, cuando tenga como efecto o propósito la interferencia en su desempeño o cuando genere un ambiente laboral intimidante, hostil u ofensivo.

La persona acosada deberá, en forma inmediata y por escrito, comunicar el hecho a su superior inmediato, quien estará obligado, dentro del término de tres días, a correr traslado al supuesto acosador, a fin de que en igual plazo ejercite su derecho de defensa. La omisión de este acto por el superior lo hará pasible a éste de la misma sanción que se le aplique al denunciado. El proyecto plantea que en el caso en que el acosador sea el propio superior inmediato quede habilitada la vía jerárquica para la aplicación del procedimiento.

También se establece que la Defensoría del Pueblo porteña deberá llevar un registro especial sobre la identidad de todas aquellas personas que resultaron sancionadas conforme a los datos proporcionados por la autoridad de aplicación. Los mismos revestirán el carácter de reservados, salvo en los casos que se requieran como antecedentes laborales o disciplinarios debidamente acreditados. La Defensoría del Pueblo arbitrará los medios idóneos para la difusión de la presente ley.

Además se propone la creación de la figura profesional del Consejero/a para casos de acoso sexual en el ámbito de la Secretaria de Trabajo de la Ciudad de Buenos Aires, quien informará orientará, asesorará y prestará servicios y asistencia profesional en forma gratuita, a todas aquellas personas que hayan sido víctimas de acoso sexual.

ACOSO MORAL

Hace aproximadamente cinco meses el legislador porteño Mario "Pacho" O'Donnell presentó un proyecto de ley para que se incluya dentro del Código Contravencional la figura del "acoso moral". Se aplicaría a las situaciones laborales de humillación y coacción repetitivas y prolongadas que desestabilicen el vínculo del empleado con el ambiente de trabajo. Esta iniciativa contempla, por ejemplo, los cambios de turno sin aviso, las burlas y otras actitudes que implican faltas de respeto al empleado.

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