Publicado: 30/06/2011 UTC General Por: Redacción NU

Por orden judicial, el último organito seguirá sonando

Aunque cueste creerlo, la burocracia estatal rechazó en reiteradas oportunidades darle el permiso necesario para que el último organito de la Ciudad pueda sonar en la Plaza Dorrego. Ante esta situación, el organillero Manuel Pender recurrió a la justicia. En una causa dónde se contraponen normativas y visiones (artista o vendedor/ruido o música, por ejemplo), el juez Guillermo Scheibler ordenó a la Ciudad conceda el permiso teniendo en cuenta “la obligación de la Administración de proteger el oficio de organillero”.
Por orden judicial, el último organito seguirá sonando
Redacción NU
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En 1949, Homero Manzi vio nacer el comienzo del final de una actividad que caracterizó la cultura porteña por décadas, y a modo de grito para evitar esta suerte marcada por la modernidad escribió: ?El último organito se perderá en la nada
y el alma del suburbio se quedará sin voz?. Más de 60 años después?la pelea por no dejar sin voz el alma del suburbio se sigue dando; ya no en letra, música y poesía, sino en sede judicial.

Parece difícil entender que, debido a la voluntad del último organillero de la Ciudad de contar con todos sus papeles en regla, a la burocracia estatal y, a la lectura sesgada del cuerpo de normativas que rigen la vida citadina, la Reina del Plata estuvo a pasitos de ver al último organito perderse en la nada. Pero sí? fue así nomás. Permisos precarios que vencieron, funcionarios que vieron en el organillero un vendedor ambulante y no un hacedor de la actividad cultural, e incluso, abogados que consideraron al sonido del organillo una contravención por ruidos molestos generaron que, Manuel Pender recurriera a la justicia y solicitara una acción de amparo para que se le permita realizar su actividad, como desde hace años realiza los domingos en la Plaza Dorrego.

En la presentación judicial, el último organillero relató que desde el año 1999 (fecha en que formalizó una inscripción provisoria), empezó su trabajo de organillero en la Ciudad sobre la calle Defensa al 1000, desde las 11 de la mañana hasta las 18, junto a sus ?loritas de la suerte?. Pender, representado por la defensa pública, también aclaró que ?no realiza ese viejo oficio como medio de vida, sino como una forma de rescatar una tradición cultural que está entrañablemente unida a los orígenes de nuestra Nación y que se instaló con fuerza en el país de la mano de la inmigración?. Y relató que, a partir del año 2007 cambiaron las reglas con las que se había manejado hasta entonces, iniciándose un largo camino en pos de contar con permiso emitido por la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público (en 2008 obtuvo el permiso pero sólo por 90 días, y una vez vencido, y tras realizar una nueva presentación la cual no tuvo una respuesta positiva debido a que en la zona de la Plaza Dorrego se pueden conceder permisos a artistas callejeros).

La causa recayó en el juzgado Nº 13 en lo CAyT a cargo de Guillermo Scheibler. La Ciudad presentó al magistrado su visión de los hechos y sostuvo que el organillero no cuenta con ?permiso alguno que lo habilite a ocupar un espacio en la vía pública?, que ?simplemente alega, trabajar con un organito y tres loritas de la suerte?.

Tras analizar la prueba recabada y las presentaciones realizadas por la defensa y la Procuración, el juez Scheibler dictó sentencia a favor del organillero, ordenando al Gobierno de la Ciudad ?que en el plazo improrrogable de diez días dicte el acto administrativo que resuelva la solicitud de permiso interpuesta por Manuel Pender?.

En los fundamentos del fallo al que tuvo acceso NOTICIAS URBANAS, el magistrado porteño remarcó que ?el amparista no efectúa la actividad de venta en la vía pública de baratijas ni de ningún otro tipo de productos o mercaderías, sino que intenta desarrollar la actividad de organillero?; que se documentó la inscripción de Pender en el Registro de Músicos Ambulantes, Actores, Mimos y otros; y que el Código de Habilitaciones de la Ciudad prevé la actividad de organillero la cual no sólo podrá ejercerse en parques y plazas sino también en ?la vía pública?.

También destacó ?y ordenó al Gobierno porteño a que tenga en cuenta este punto-, que el Consejo Deliberantela declaró ?de interés municipal? al organito callejero (instrumento mecánico que difundió el tango en las calles de Buenos Aires); que la Constitución de la Ciudad impone el deber de ?proteger y difundir las manifestaciones de la cultura popular; y que ?la declaración del Tango como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, más allá de su uso publicitario o promocional, conlleva obligaciones positivas que pesan sobre el Estado Parte en que dicho Patrimonio se presenta?.

?Más allá de la situación particular del actor que desea ejercer la actividad de organillero durante los fines de semana, resulta innegable que la cuestión ventilada en autos no se agota en su derecho individual, sino que involucra el derecho colectivo de los porteños a no ver desvanecerse en la telaraña burocrática una emblemática y tradicional actividad que se relaciona profundamente con nuestra identidad cultural por antonomasia, el tango?, concluyó el juez.

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