Comienza el censo de los empleados porteños
Por decreto del jefe de Gobierno de la Ciudad, Mauricio Macri, se dispuso "la ejecución y pautas para en Censo del personal del Estado de la Ciudad".
El censo sobre el personal del Gobierno capitalino fue decidido por la gestión PRO en el mes de enero, posteriormente a la marcha de empleados municipales por los 2400 despidos y la intervención de su obra social, ObSBA.
En el mismo decreto, el macrismo argumenta que "se ha detectado la falta de uniformidad de algunos datos del personal, como el horario de trabajo, domicilios actuales, composición del núcleo familiar, naturaleza de la prestación, mejor formación alcanzada, o tipo y modalidad de contratación".
"Se acordó realizar el censo según lo ordena la ley 471 (llamada ley de relaciones laborales). Estamos de acuerdo con el reordenamiento e iremos controlando la manera en que se lleva adelante", comentó a NOTICIAS URBANAS un vocero del equipo de letrados del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA).
El jefe de gobierno porteño, Mauricio Macri en la misma línea que el gremio pidió " que todos colaboren". Luego advirtió que "no hay un padrón único sobre quiénes reciben subsidios" de la ciudad y que, por eso, su administración realizó un análisis en base a un cruce de datos con el Anses.
"De ese primer análisis se descubrió que 300 [de los que cobraban subsidios] tenían trabajo; 20, eran empleados de la ciudad; y ocho, de la Nación", dijo Macri, quien indicó que convocó a los 5000 beneficiarios a presentarse y sólo "lo hizo la mitad".
El decreto refrendado por Macri, su ministro de Hacienda, Néstor Grindetti, y el jefe de Gabinete, Horacio Rodríguez Larreta, lleva el número 150 y entró en vigencia a partir de este sábado 1 de marzo. El plazo de vigencia son noventa días y lo llevará a cabo la Dirección General Administración de Recursos Humanos, bajo responsabilidad del Ministerio de Hacienda.
El relevamiento de los datos se efectuará en una entrevista personal mediante un censistas y con la presencia del personal del área de la persona censada.
El decreto en su artículo 2° da cuenta de los datos a revelar: Datos personales y filiatorios, estudios cursados, datos laborales, antecedentes laborales. Además cada empleado deberá presentar un documento de cuenta su identidad.
El censo será ordenado como base del padrón de liquidación de haberes a enero de 2008.
Con respecto a los entes descentralizados, como el Banco Ciudad, y demás organismos autárquicos, Defensoría del Pueblo, Consejo del Niño/a y Adolescentes y otros, el Ejecutivo recomienda que tomen las mismas medidas.