Regulan actividad de personal de seguridad en partidos de fútbol
Las modificaciones que implementó el Gobierno Nacional en ocasión del aumento de la violencia en el fútbol, las consecuencias que se desprendieron de la práctica y los múltiples reclamos desde distintos sectores continúan inspirando toma de decisiones en el Ministerio de Seguridad respecto al personal que se encarga de velar por la seguridad en espectáculos deportivos. La resolución Nº 1315/98 establece que los responsables de la División ?A? y ?B? del fútbol argentino ?deberán acreditar haber sido Oficial Jefe u Oficial Superior, retirado de las fuerzas de seguridad o policiales o Licenciados en Seguridad u otro título terciario o universitario equivalente, mientras que para desempeñarse en las otras divisionales es suficiente con ser idóneo en la materia, preferentemente con las características citadas precedentemente?.
Hasta la fecha, se otorgaba la posibilidad de acceder al rol de Responsable de Seguridad a aquellas personas que ?demostraran fehacientemente su formación y su experiencia adquirida en ámbitos específicos relacionados con la seguridad deportiva, basándose en criterios de idoneidad y eficiencia?.
Entre los fundamentos de la disposición con firma de la ministra de Seguridad, Nilda Garré, figura el ?criterio de priorizar la formación profesional de los postulantes al cargo y la trascendencia pública de la función, en un contexto donde se comenzaba a diseñar la estructura normativa aplicable a la seguridad en los espectáculos futbolísticos? y la ?evolución en el desempeño de las funciones por parte de los Responsables de Seguridad basados en la práctica y en la observancia de métodos elaborados por las propias instituciones deportivas, complementadas por las directivas del Estado Nacional, a través de los organismos de aplicación respectivos?.
En la lista de tareas previstas, figuran: ?Actuar como enlace entre la institución y autoridad deportiva policial; cumplir con la asistencia a la reunión semanal previa a los encuentros para la evaluación y aprobación de los diagramas operativos de seguridad; arbitrar los medios para brindar orientación a los concurrentes al espectáculo futbolístico y coadyuvar a disponer los medios necesarios para la organización pacífica de filas hacia los Controles de Acceso a la Zona de Seguridad?.
Además, ?colaborar con las autoridades policiales y del Gobierno de la Ciudad para que las inmediaciones del estadio se encuentren libres de elementos que por su naturaleza puedan atentar contra la seguridad y, en el supuesto de que el partido se realizara en un estadio ajeno a ambos clubes, estar presente además el Responsable de Seguridad del club alternativo; prever los servicios médicos y ambulancias adecuadas para cada caso, coordinando su despliegue con el jefe del operativo policial?.
Y actuar conjuntamente con el comisario deportivo o con quien cumpla esta función o con el árbitro del encuentro. En ese caso, ?hacer cumplir las normas reglamentarias que rigen el ingreso y la permanencia de personas en el campo de juego?.
Por último, el Responsable de Seguridad del club local y el Jefe del operativo policial, procederán, luego de finalizado el partido, a labrar un acta cada uno, detallando los incidentes de violencia, si se hubieran producido y las observaciones que le mereciera el encuentro realizado, desde el punto de vista de la seguridad del espectáculo, utilizando el modelo de acta aprobado por el Comité de Seguridad en el Fútbol.