Reglamentaron la Ley de Escritores
La presidenta de la Comisión de Cultura de la Legislatura porteña, Inés Urdapillleta, participó en la Feria del Libro como panelista junto al ministro de Cultura de la Ciudad, Hernán Lombardi, Pacho O' Donnell y autoridades de las Sociedad de Escritoras y Escritores (SEA), del anuncio de la reglamentación de la norma que otorga subsidios a escritores mayores de 60 años.
La ley 3014 que ya fue promulgada, habilita a la creación de un Régimen de Reconocimiento a la Actividad Literaria en la Ciudad y fija un subsidio mensual y vitalicio de carácter no contributivo equivalente al ingreso básico del personal del Gobierno de la Ciudad.
Urdapilleta, impulsora de la ley -en conjunto con la SEA-, destacó el consenso logrado entre los diferentes bloques de la Legislatura y también, valoró la decisión del Poder Ejecutivo de la Ciudad al promulgar la iniciativa. Además, recordó a Elvio Vitali, quien fue el iniciador del proyecto.
En el marco de la reglamentación de la ley 3014, Lombardi confirmó que para acceder al beneficio, se abrirá un padrón para los aspirantes entre el 1º de julio y el 31 de agosto.
Según el ministro, durante este año habrá un reempadronamiento y luego en 2009, habrá otras opciones para inscribirse. En tanto, a partir de 2010, se hará una apertura de tres veces por año.
El Ejecutivo evaluará las solicitudes y la decisión final la tomará un Comité de cinco miembros, uno de los cuales debe ser titular de cátedra de la carrera de Letras de la Facultad de Filosofía de la Universidad de Buenos Aires.
Tanto Pacho O' Donnell, como las autoridades de SEA -Graciela Aráoz, Víctor Redondo y Eduardo Mileo-, destacaron la tarea de la Comisión de Cultura de la Legislatura y del ministro Lombardi.
La ley N° 3014, prevé el beneficio para escritores con una edad mínima de sesenta años, naturales o con residencia permanente en la Ciudad no inferior a quince años, como asimismo deben acreditar una trayectoria pública constante en la creación literaria no inferior a diez años o haber publicado cinco libros debidamente registrados.
La ley contempla también el beneficio para el escritor que cualquiera fuere su edad "se encontrare afectado por una incapacidad física o mental permanente e irreversible".