Publicado: 31/10/2002 UTC General Por: Redacción NU

Cinco legisladores proponen reglamentar el aborto no punible

Los diputados porteños Beatriz Baltroc, Eduardo Peduto, Juliana Marino, Patricio Echegaray y Vilma Ripoll presentaron un proyecto de ley para reglamentar el aborto no punible. Esta iniciativa, que es el resultado de las dos excepciones que en este sentido otorga el Código Penal, pretende que los hospitales estatales porteños no tengan que exigir una autorización judicial para realizar los abortos permitidos por la legislación nacional. Los legisladores sustentan sus argumentos en un fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad. Las excepciones que prevé el Código Penal son: cuando el embarazo ponga en riesgo la vida de la madre o cuando sea el fruto de una violación a una persona "idiota o demente"
Cinco legisladores proponen reglamentar el aborto no punible
Redacción NU
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De prosperar una iniciativa de cinco legisladores de la Ciudad, los hospitales estatales porteños no tendrán que exigir a la paciente una autorización judicial para realizar los abortos que están previstos en el articulo 86 del Código Penal de la Nación.

Esta norma nacional dispone que no son punibles los abortos que un médico diplomado "ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre" o "cuando el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente".

En tanto, un fallo dictado en diciembre de 2001 por el Tribunal de Justicia de la Ciudad, interpreta que no es necesario que en esos casos la madre requiera una autorización judicial para realizar el aborto.

Pero debido a que en los hospitales de la Ciudad es costumbre de que los médicos la exijan, es que los diputados porteños Eduardo Peduto (Frente Grande), Beatriz Baltroc (ARI), Juliana Marino (Peronismo Independiente), Patricio Echegaray (Izquierda Unida) y Vilma Ripoll (Izquierda Unida presentaron un proyecto de ley para reglamentar este procedimiento, sobre todo en el subsector estatal.

"Con una actitud aparentemente legalista -argumentaron los legisladores en los fundamentos de la inciativa parlamentaria- pero en la que se esconde la negativa a efectuar la práctica médica solicitada, el Gobierno de la Ciudad ha instruido a los médicos que revistan en los efectores del Subsector Estatal de Salud respecto de la necesidad de exigir una autorización judicial".

Por otra parte al fundar su posición en el mencionado fallo, el juez del Tribunal Superior de Justicia Guillermo Muñoz expresó: "No dejo de valorar las probablemente justificadas cautelas adoptadas por los médicos intervinientes. Pero más allá de ellas, lo cierto es que el resultado final -seguramente no querido- de todas esas precauciones se cristaliza en una actitud a primera vista hipócrita e innecesariamente cruel".

También en esa oportunidad, su colega Alicia Ruiz sostuvo que "en ocasiones como ésta la posibilidad de autorizar se encuentra transferida. La actora dice expresamente en su demanda que el ejercicio de los derechos que invoca no requiere de una autorización judicial, pero acude a ella ante la negativa de los médicos interrumpir su embarazo. Entonces pide a los jueces que ordenen lo que, en estricto sentido, no requiere orden alguna".

Además, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad suscribió una resolución en 1998, en la que recomendó al secretario de Salud que instruyera "a todos los hospitales públicos con servicios de ginecología y obstetricia para que proporcionen los medios materiales y humanos que requiera el practicar los abortos no punibles que pudieren demandar las mujeres o los representantes legales de las víctimas de violaciones o abusos deshonestos contra mujeres incapaces, que deseen poner fin a los embarazos fruto de dichos abusos".

El proyecto de ley, establece que para que el hospital pueda hacer el aborto a mujeres "idiotas o dementes" que hayan sido violadas, éstas deben presentar: constancia de la denuncia o trámite judicial, constancia de la revisación efectuada por el médico forense y consentimiento informado prestado por el representante legal conforme lo prescripto por el decreto.

En tanto, para los casos en que la vida de la mujer este en peligro, para hacer el aborto deberá existir una certificación firmada por el médico tratante y por otros dos profesionales -psicólogos o médicos- integrantes del plantel estable del nosocomio.

En caso de que se cumplan con todos los requisitos, el centro asistencial deberá realizar la intervención dentro de los seis días de certificada la existencia de causal para realizar el aborto, según lo previsto por el Código Penal.

Este proyecto de ley está dirigido al subsector estatal de salud y a las empresas de medicina prepaga, de seguros, de aseguradoras de riesgos del trabajo, de medicina laboral y de seguridad social.

La iniciativa parlamentaria obliga al nosocomio a brindar tratamiento psicoterapéutico a la gestante desde el momento en que solicita la práctica del aborto no punible, hasta su rehabilitación. Además, según el proyecto, deberá poseer de prioridad en la asignación de turnos.

Asimismo, la propuesta establece que el Poder Ejecutivo deberá instruir debidamente a los médicos y funcionarios que se desempeñan en los efectores del subsector estatal de salud sobre el procedimiento requerido, dentro de los quince días de promulgada esta ley. En tanto, la Secretaría de Salud tendrá que conseguir inmediatamente reemplazantes para los profesionales que, por objeciones de conciencia, se nieguen a realizar la intervención.

"Esta ley surge, entonces, como respuesta a una necesidad de las mujeres de la Ciudad de Buenos Aires, las que con la sanción de la norma verán garantizado el acceso a prácticas médicas legales. Viene esta ley, también, a ahuyentar temores de los médicos que, al contar con un procedimiento al cual ceñirse, podrán ejercer su profesión conforme a los dictados de su arte y ética. Finalmente, esta ley pondrá límites a la discrecionalidad del Poder Ejecutivo en el ámbito del Sistema de Salud, evitando las reiteradas violaciones a derechos humanos básicos", argumentaron los legisladores autores de este proyecto de ley en los fundamentos del mismo.

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En relación al Foro para la Reglamentación del Aborto no Punible, realizado a principios de junio por algunos de los legisladores porteños promotores de esta iniciativa, el también diputado Ricardo Busacca (Partido Popular Cristiano) afirmó: "no me extraña nada de estos legisladores, que ayer nos explicaban las ventajas de los matrimonios entre personas del mismo sexo y hoy nos proponen seguir avanzando en la destrucción de la familia. Seguramente, la eutanasia y el infanticidio serán sus próximas conquistas sociales".

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